El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI) consideraron inadmisible la resolución de la justicia argentina que negó a la familia de Bulacio la posibilidad de participar como querellante en la causa en la que se investiga la muerte del joven, ocurrida en abril de 1991. El CELS y CORREPI enviaron hoy una nota a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para informarle sobre la resolución dictada por el juez Fernando Cubas, a cargo del Juzgado de Instrucción Nº 49, quien consideró que los familiares de la víctima carecen de legitimidad para intervenir en el juicio y rechazó un pedido en ese sentido.
La Corte Interamericana dictó en 2003 una sentencia internacional señalando los incumplimientos del Estado argentino en este caso, en la que remarcó la necesidad de garantizar el “pleno acceso y capacidad de actuar en todas las etapas e instancias de la investigación” a la familia de la víctima. En la carta enviada hoy a la Corte, el CELS y CORREPI ponen en evidencia la absoluta indiferencia y desobediencia del juez con respecto a la orden emitida por el máximo tribunal regional.
En la misma resolución en que denegó la participación a la familia Bulacio, el juez Cubas admitió al gobierno nacional —representado por la Secretaría de Derechos Humanos— como parte querellante, en el entendimiento de que en el caso se encuentra comprometido el interés público.
Para el CELS y CORREPI “resulta inadmisible que mientras se impide a la familia de Walter Bulacio ser querellante, se concede esa posibilidad al Estado Nacional, que fue demandado y condenado en la causa ante el sistema interamericano”.
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