Casación confirmó la responsabilidad policial en los asesinatos de Mariano Witis y Darío Riquelme

A 11 años de los homicidios la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires condenó a 15 años de prisión al ex cabo de la bonaerense Rubén Omar Champonois. El policía baleó a los jóvenes cuando Riquelme huía del robo a un banco llevando a Witis como rehén.

A la salida de un asalto al banco Itaú-Buen Ayre de Béccar, en la mañana del 21 de septiembre de 2000, Darío Riquelme, de 16 años, y otro joven tomaron como rehenes a Mariano Witis y a Julieta Shapiro, y huyeron en el auto de la chica. Luego de una persecución policial, los efectivos del Comando de Patrullas de San Fernando acorralaron al vehículo y Champonois ejecutó por la espalda a Riquelme y a Witis, que se encontraban en el asiento trasero del auto. Desde el momento en que ocurrieron los hechos, la policía bonaerense procuró desvirtuar la responsabilidad de los funcionarios policiales por las muertes; plantó pruebas falsas en la escena del crimen y buscó incriminar también a Witis.

A lo largo de los tres años que duró la investigación, las familias de Witis y de Riquelme unieron esfuerzos para exigir justicia por sus hijos y afirmaron que ambos habían sido víctimas de la violencia policial.

En agosto de 2003 tuvo lugar el juicio contra Champonois por el doble homicidio de los jóvenes, en el cual el CELS patrocinó a la familia de Riquelme. Luego de cinco días de audiencias en las que declararon más de 30 testigos y se presentaron pruebas que acreditaron la responsabilidad del ex policía por ambas muertes, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 3 de San Isidro condenó a Champonois a ocho años y medio de prisión sólo por el asesinato de Witis. El tribunal consideró que el ex cabo no tenía responsabilidad por la muerte de Riquelme y argumentó que había actuado en legítima defensa.

Un mes más tarde, tanto el fiscal como las querellas se presentaron en Casación para cuestionar la sentencia por considerarla arbitraria y discriminatoria, en tanto diferenciaba entre la vida de ambas víctimas. El 3 de marzo de 2005, la Sala I del Tribunal de Casación condenó al cabo también por el homicidio de Riquelme, al que no consideró un acto de legítima defensa como había ocurrido en primera instancia, y reenvió la causa a un nuevo tribunal para que fijase la pena por los dos asesinatos. Casi tres años después, en diciembre de 2007, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 4 condenó a Champonois a 12 años y 9 meses de prisión. El fallo fue apelado por la familia Witis y por el Ministerio Público Fiscal.

En agosto de 2009 se celebró una audiencia ante el Tribunal de Casación a la que asistieron todas las partes. Dos años más tarde, el pasado jueves, la Sala I volvió a condenar a Champonois. El fallo incrementó el monto de la pena a 15 años y tuvo en cuenta como agravantes la indefensión de ambas víctimas, el desmedido accionar del policía y la edad de Riquelme.

Este caso se constituyó como un hecho emblemático de los resultados que produce el uso abusivo de la fuerza letal por parte de los funcionarios de instituciones de seguridad. La violencia policial fue injusta para ambas víctimas y el hecho de que una de ellas estuviera huyendo de un robo no puede justificar su ejecución.

La sentencia de Casación es el resultado de la perseverancia de los familiares de las víctimas, quienes lucharon por un tratamiento legal y mediático acorde a un Estado de derecho, a pesar de las resistencias judiciales que demoraron el proceso por más de una década. Su enorme esfuerzo permitió mostrar las condiciones políticas e institucionales que llevaron a la muerte de Mariano y visibilizar también el asesinato de Darío. Desde el CELS les hacemos llegar a los padres de ambos -Raquel y Jorge Witis y Ana María Liotto- nuestra solidaridad y nuestra admiración.