De acuerdo con los registros del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), un total de 1.861 personas, entre civiles y personal de las fuerzas armadas y de seguridad, están o estuvieron involucradas en causas vinculadas con el terrorismo de Estado al día de hoy. De ellas, un 17% ha obtenido sentencia (244 se encuentran condenadas y 20 absueltas).
Desde la celebración del primer juicio por estos delitos en 2006, ha habido 64 sentencias, el 63% dictadas entre 2010 y 2011. No obstante, resulta preocupante que de esas 64 sentencias únicamente 7 han alcanzado instancia final, al ser confirmadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Nuestros datos revelan que el tiempo transcurrido entre el dictado de la sentencia y su confirmación es de 2 años y tres meses en promedio. Esto implica que sólo 9 de los 244 condenados en la actualidad tiene firme su sentencia. Nos interesa destacar que el ciclo de la justicia se cumple cuando las sentencias quedan firmes, es decir, cuando no hay posibilidad de revisar esa decisión.
Guía de trabajo para la toma de testimonios a víctimas de tortura
El CELS trabajó durante tres años en la producción de una guía de trabajo para la toma de testimonios a víctimas de tortura. Allí se proponen líneas de acción destinadas a los funcionarios encargados de esa tarea para optimizarla sin descuidar las necesidades de los testigos y la correcta producción de la prueba. La particularidad de este documento es que fue elaborado a partir del trabajo conjunto con sobrevivientes del terrorismo de Estado de diversas partes del país. Además, el CELS realizó un material audiovisual en el que cuatro sobrevivientes relatan los problemas que han enfrentado en su rol de testigos en procesos judiciales por crímenes de lesa humanidad.
El 28 de febrero de 2012, la Cámara Federal de Casación Penal publicó un conjunto de reglas prácticas para el juzgamiento de procesos complejos, entre ellos, los juicios por violaciones a los derechos humanos cometidos durante la última dictadura militar. En su regla quinta la Casación avanza en relación con la posibilidad de utilizar el material audiovisual de los juicios ya celebrados para evitar que los sobrevivientes deban comparecer en reiteradas ocasiones a menos que la defensa justifique su necesidad de controlar la prueba, cuestión que los jueces en cada caso deberán evaluar. La regla también pone el acento en la necesidad de resguardar la integridad personal de los testigos, en sintonía con lo expresado por el CELS en su guía, en la línea de numerosos instrumentos internacionales que así lo recomiendan.