A 37 años del golpe de Estado
De acuerdo con los registros del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), un total de 2.071 personas, entre civiles y personal de las fuerzas armadas y de seguridad, están o estuvieron involucradas en causas vinculadas con el terrorismo de Estado al día de hoy. De ellas, 405 han obtenido sentencia, 370 se encuentran condenadas y 35 absueltas.
Desde la celebración del primer juicio por estos delitos en 2006, han habido 91 sentencias. No obstante, resulta preocupante que de ellas únicamente 14 han alcanzado instancia final, 12 confirmadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Nuestros datos revelan que sólo 28 de los 370 condenados en la actualidad tiene firme su sentencia. Nos interesa destacar que el ciclo de la justicia se cumple cuando las sentencias quedan firmes, es decir, cuando no hay posibilidad de revisar esa decisión.
Los datos ampliados se pueden consultar en el Blog de Estadísticas del CELS, donde se encuentra el total de causas en trámite en todo el país y la situación procesal de los imputados.
Entre los hitos a destacar en 2013, se encuentra el inicio del juicio oral por Plan Cóndor, nombre con el que se conoce a la coordinación de acciones represivas de los regímenes dictatoriales de Chile, Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Bolivia durante las décadas de 1970 y 1980. Este juicio se inserta en el giro de los últimos años hacia la rendición de cuentas por los crímenes de lesa humanidad cometidos en la región en el pasado reciente, que constituye uno de los hechos más significativos en materia de justicia transicional del siglo XXI.
El CELS realizó un relevamiento de la situación del proceso de justicia en la Argentina, Brasil, Chile, Perú y Uruguay que será publicado en su Derechos Humanos en Argentina. Informe 2013. A continuación, suministramos un adelanto de esta publicación:
Las cuentas pendientes de América Latina
Por Lorena Balardini – Coordinadora del área de Investigación del CELS
El giro hacia la rendición de cuentas por los crímenes de lesa humanidad cometidos en la región en el pasado reciente constituye uno de los hechos más significativos en materia de justicia transicional del siglo XXI. Demuestra, además, que América Latina es un espacio actual de disputas, debates, avances y retrocesos en esta materia. En ese marco, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) realizó un relevamiento del avance del proceso de justicia penal en Argentina, Brasil, Chile, Perú y Uruguay que será publicado en el informe 2013 de la organización y que reconoce cinco problemas centrales: demoras y dificultades en la administración de justicia, problemas en torno a la toma de testimonios y el trato hacia los testigos, escaso porcentaje de sentenciados en relación a los imputados, renuencia de algunos tribunales a utilizar el derecho internacional de los derechos humanos y complejas discusiones dogmáticas en torno a la anulación de las amnistías.
Las demoras se encuentran generalmente vinculadas a problemas de recursos, organización de las causas, acceso a los archivos y producción de las pruebas. Los problemas para la toma de testimonios y el trato hacia los testigos se intensifican en países como Chile, donde sólo recientemente se ha considerado a los sobrevivientes como víctimas o en Perú, donde existe una enorme distancia cultural entre las víctimas y los operadores judiciales. El bajo porcentaje de sentenciados, por su parte, tiene como excepción la situación de Chile, donde el número es más parejo aunque con penas significativamente más bajas. En Perú, por otra parte, la proporción es inversa que en Argentina: mayor cantidad de absueltos que de condenados.
Sobre el cuarto punto, la falta en la aplicación del derecho internacional de derechos humanos en tribunales locales, eso se da fundamentalmente en Brasil, Chile y Uruguay, donde un reciente fallo de la Corte Suprema volvió a poner el tema en la cima de la agenda informativa. Por último, las discusiones sobre la anulación de las amnistías son materia corriente en Brasil y Chile, y ahora nuevamente en Uruguay.
Este último punto tiene efectos diversos. En el caso argentino, se necesitó una fuerte combinación entre la lucha histórica de los organismos y el apoyo de los tres poderes del Estado para habilitar la reapertura de los juicios. La combinación de voluntades fue más compleja en el resto de los países.
En Chile, la justicia realizó “rodeos” para juzgar efectivamente esos delitos, llegando a un total de 150 sentencias firmes a mayo de 2012. Pero su vigencia tiene efectos serios en la legitimidad y en la estabilidad del proceso, y predomina la aplicación sistemática de medidas atenuantes de la pena como la “prescripción gradual”, que se ha utilizado en la mayoría de los casos entre 2007 y 2012. En Brasil, en cambio, la amnistía no partió de una estrategia de impunidad sino de un reclamo de derechos de las víctimas, pero una interpretación amplia por el Poder Judicial impidió hasta el momento la posibilidad de procesos penales.
La Comisión de la Verdad que inició su trabajo en mayo de 2012 tiene, entre otras atribuciones, potestad para la recolección de nombres de perpetradores y, si bien no tiene facultades de investigación judicial, puede verificar la responsabilidad y autoría de los crímenes y remitir la información a la justicia.
Por su parte, en Uruguay, la Ley de Caducidad no impidió del todo los juicios durante los gobiernos de Tabaré Vázquez y José Mujica, aunque persistían trabas. Su anulación parlamentaria mediante la ley 18.831 no tuvo los efectos deseados: si bien a julio de 2012 estaban en curso 138 causas, no se instrumentaron medidas estatales para organizar la investigación de estos delitos.
Las organizaciones de derechos humanos remarcaron la necesidad de crear una unidad especial de investigación para estos delitos, entre otras necesarias reformas, pero no se avanzó al respecto. El corolario de esta situación fue la regresiva sentencia de la Corte Suprema de ese país de febrero de 2013, que declaró inconstitucional la ley 18.831. De este modo, se avala la prescripción de los crímenes de lesa humanidad, dando lugar a un preocupante escenario donde peligra la continuidad de las investigaciones.La lucha y los obstáculos para desmantelar la amnistía se vinculan con el papel de las organizaciones de derechos humanos y el rol estatal para encauzar el juzgamiento.
En Perú, tras hitos como las recomendaciones de judicialización de la Comisión de Verdad y Reconciliación y el juicio al ex presidente Alberto Fujimori, el Estado abandonó todo el impulso e incluso retrocedió respecto de los avances logrados: predominan las sentencias absolutorias por criterios restrictivos en la valoración de la prueba (28 de 49 a diciembre de 2012).
Por otra parte, se ha cuestionado en sentencias recientes el carácter de crímenes de lesa humanidad de los delitos investigados, se ha aplicado el principio de obediencia debida y se han desechado precedentes internacionales importantísimos como la sentencia Barrios Altos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Resulta central, también, el rol de las Fuerzas Armadas en la obstaculización de las medidas favorables a la rendición de cuentas.
Sólo en Argentina se han llevado adelante procesos de depuración, mediante la impugnación de miembros de las fuerzas vinculados a la represión en ascensos y acceso a cargos públicos. Las Fuerzas Armadas no son actualmente un actor de peso en Argentina, lo cual es tanto causa como efecto de los juicios.
En Perú, Brasil y Uruguay siguen teniendo un alto nivel de incidencia en las decisiones políticas contrarias a los procesos penales. En Perú, además, durante el gobierno de Alan García el Estado costeó la defensa privada de los imputados pertenecientes a las Fuerzas Armadas.
A partir de los aspectos descriptos, surgen además algunos interrogantes acerca del alcance del juzgamiento en toda la región. La respuesta parece ser: hasta donde se pruebe la sistematicidad de las violaciones a los derechos humanos, instrumentando juicios con criterios coherentes de organización, con el máximo respeto a las garantías de los imputados pero también de las víctimas. Los límites no los establece necesariamente el tiempo sino los procesos históricos, que marcan el rumbo de la justicia.
* Publicado en la edición del sábado 16 de marzo de 2013 del diario argentino Tiempo Argentino.