A 22 años del asesinato de Walter Bulacio, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 29 de Capital Federal dio finalmente inicio hoy a las audiencias en las que se juzgará al ex comisario Miguel Ángel Espósito por el delito de privación ilegal de la libertad.
El asesinato de Walter visibilizó el uso arbitrario e ilegal por parte de la policía de facultades para detener a personas sin orden judicial. Dio lugar a un debate que desembocó, entre otras medidas, en la derogación de los edictos policiales en la Ciudad de Buenos Aires en 1996. En mayo de 1997, con el patrocinio de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), los familiares presentaron una denuncia ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, alegando que el Estado había violado los derechos a la libertad, seguridad e integridad personal, a la vida, a las garantías judiciales y a los recursos efectivos.
En 2003, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó al Estado argentino por las graves violaciones a los derechos humanos que sufrieron Walter y su familia. Dispuso que la investigación de los hechos debía concluir y que, en un lapso razonable, se debía sancionar a los responsables de la detención ilegal de Bulacio y que era preciso avanzar sobre la conducta de los jueces “responsables de la gravísima situación de impunidad”.
Pasados los años, tanto las detenciones arbitrarias como la práctica de averiguación de identidad siguen siendo herramientas para el control –formal e informal– de ciertos grupos de población, fundamentalmente los varones jóvenes de los barrios pobres, pero también los migrantes y las personas que desarrollan sus actividades en las calles (vendedores ambulantes, personas que ejercen la prostitución), grupos que han estado históricamente expuestos a persecuciones, extorsiones y violencia. Actualmente, también se registran numerosas detenciones justificadas por “atentado y resistencia a la autoridad” -una figura habitualmente asociada con las propias circunstancias del encuentro con la policía- y por la ley de drogas (Ley 23.737), esgrimida como justificación en una de cada cinco detenciones. Así, aún hoy siguen vigentes las detenciones “por estadística”, una vieja costumbre policial para mostrar eficiencia.
La sentencia del máximo tribunal interamericano obligó también al Estado argentino a implementar otras medidas críticas para evitar la repetición de casos similares, muchas de las cuales se encuentran incumplidas. En particular, está pendiente que el Estado convoque un espacio de trabajo a fin de revisar las leyes conocidas como de averiguación de identidad o de averiguación de antecedentes, que facultan a las fuerzas de seguridad a detener personas sin una orden judicial, y definir la agenda de reforma para adecuar la normativa y las prácticas a los estándares internacionales de derechos humanos.