El fiscal Michel Horacio Salman pidió en forma irregular que se interrumpa la investigación que involucra al teniente general César Milani por la privación ilegítima de la libertad de Pedro y Ramón Olivera en La Rioja. Salman solicitó que se declare la nulidad del requerimiento de instrucción que abrió la investigación y que se cierre la causa en forma anticipada ya que, sostiene, los hechos de los que se acusa a Milani no son delitos.
En 2013, cuando el pliego de ascenso del jefe del Ejército se discutió en el Senado, el CELS lo impugnó. Consideramos en ese momento que las respuestas de Milani a las preguntas realizadas por el CELS ratificaban su falta de idoneidad para el cargo. El Congreso aprobó el pliego enviado por el poder ejecutivo con el argumento de que sería el poder judicial el encargado de investigar y determinar las responsabilidades de Milani en los hechos por los que está acusado. Desde ese momento, seguimos con atención el accionar judicial.
Salman es el tercer fiscal que interviene en la causa de La Rioja. En ningún momento impulsó la investigación y apenas tres meses después de asumir le pide al juez Daniel Herrera Piedrabuena que la cierre.
Los argumentos de Salman contradicen la jurisprudencia referida al juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad en nuestro país afianzada desde el juicio a las juntas de 1985. El fiscal pone en duda el valor de los testimonios de los familiares de las víctimas, privilegia el testimonio de descargo del acusado, descarta la compleja trama de órdenes legales e ilegales que funcionó como marco del terrorismo de Estado y considera legales los actos amparados en la ley “antisubversiva” 20.840. Estos planteos integran la defensa de César Milani y no hacen otra cosa que poner en evidencia que la investigación judicial debe profundizarse.
Salman falta a sus deberes de funcionario ya que desiste de la obligación del Ministerio Público Fiscal de impulsar la acción pública y llegar a la verdad de lo sucedido. Si este pedido del fiscal prospera, el Estado argentino incumplirá sus obligaciones internacionales de investigar y sancionar este tipo de delitos.
Las víctimas de los crímenes de la dictadura y toda la sociedad tienen el derecho a conocer la verdad de lo sucedido y a que se sancione a los responsables. Las instituciones estatales y en particular la justicia tienen la obligación irrenunciable de asumir esa búsqueda de manera diligente, exhaustiva e imparcial. El juez Herrera Piedrabuena por decisión jurisdiccional y la Procuración General por vía administrativa pueden y deben corregir este desvío. Si en este caso, o en cualquier otro, el Estado hace lo contrario, estará dejando solas a las víctimas y avalando el mayor retroceso desde la reapertura de las causas por delitos de lesa humanidad en 2001.
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