Presentación ante el gobierno bonaerense para garantizar el derecho a la educación de alumnos con discapacidad en escuelas comunes

El CELS adhirió a la presentación realizada por el Grupo Artículo 24 por la Educación Inclusiva ante el gobierno de la provincia de Buenos Aires para permitir que los alumnos con discapacidad cuenten con la asistencia de acompañantes o asistentes personales en las aulas de escuelas comunes. Este derecho está reconocido por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPCD).

El Grupo Artículo 24 por la Educación Inclusiva pidió al gobierno de la Provincia de Buenos Aires que permita a los alumnos con discapacidad contar con la asistencia de acompañantes o asistentes personales en las aulas de las escuelas comunes. Es un derecho reconocido en el artículo 24 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPCD).

 

Compartimos debajo el texto completo del comunicado de prensa.

Piden al gobierno bonaerense que permita  a los alumnos con discapacidad contar con asistentes personales en las escuelas comunes

El 8 de mayo pasado, el Grupo Artículo 24 por la Educación Inclusiva realizó una presentación administrativa ante la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires solicitando que garantice el derecho de los alumnos con discapacidad que asisten a escuelas comunes a contar con la asistencia en las aulas de acompañantes o asistentes personales que les brinden los apoyos que necesiten. El acceso a este apoyo  se encuentra amparado por el derecho a la educación inclusiva, reconocido en el artículo 24 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPCD).

En julio de 2013, la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) de la Provincia de Buenos Aires dictó la Resolución 782/2013 (disponible en http://bit.ly/QJtjWN), a través de la cual estableció que los acompañantes/asistentes externos de los alumnos con discapacidad que asisten a escuelas comunes de la provincia  sólo podrán brindarles apoyos no pedagógicos. Sin embargo, tal como sostuvieron las organizaciones en su presentación, “el tipo de apoyo requerido varía de persona a persona y no puede delimitarse de antemano, sino que, desde una perspectiva respetuosa del derecho a la educación inclusiva, debe definirse caso a caso, tomando en cuenta las necesidades, intereses y deseos de cada alumno en particular y de las barreras presentes en el ámbito escolar que impiden u obstaculizan su inclusión educativa.”

Asimismo, la resolución dispone que la persona que se desempeñe  como acompañante/asistente externo deba contar con el “aval institucional” y el “apoyo” de un equipo interdisciplinario externo, equipo que, además, deberá estar inscripto en el Registro de Prestadores de Servicios de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad y habilitada por la autoridad sanitaria. En su presentación, las organizaciones cuestionaron estos requisitos por considerar que no sólo encierran una grosera inconsistencia con la normativa vigente sino que, además, desconocen que en muchas localidades de la provincia de Buenos Aires no existe siquiera una institución que cumpla con las características establecidas en la resolución.

En consecuencia, las organizaciones solicitaron se modifiquen estos aspectos de la resolución, dado que, de otro modo, muchos alumnos con discapacidad que concurren a escuelas comunes de la provincia no podrán contar con un acompañante/asistente externo que no sólo les brinda apoyo educativo sino que, además, suple las dificultades  generadas por la falta de maestros integradores, las barreras arquitectónicas presentes en las escuelas y la ausencia de planes de estudio personalizados, entre otros obstáculos.

La presentación administrativa fue realizada por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) la Asociación Azul y la Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Discapacidad, Programa de Extensión Universitaria de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (UNLP), en representación del Grupo Artículo 24 por la Educación Inclusiva.