La jueza Mónica Berdión de Crudo -a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 47- dictó el procesamiento de 30 integrantes de la Policía Metropolitana (PM) y 11 de la Policía Federal Argentina (PFA). Entre ellos, cinco jefes de la Metropolitana y tres de la Federal fueron procesados por los homicidios de Rossemary Chura Puña y Bernardo Salgueiro y por lesiones culposas. Otros 25 efectivos de la Metropolitana están procesados por los delitos de homicidio y lesiones en agresión. Además, 8 efectivos de la Policía Federal fueron procesados por abuso de armas.
En su resolución, la jueza Berdión de Crudo afirma que la acción de las fuerzas de seguridad “no fue azarosa ni producto de la casualidad, sino que se trató de una estrategia coordinada consensuada por sus mandos con anterioridad y ejecutada en el teatro de operación bajo la conducción de la Policía Federal”. Por este motivo, la jueza dictó el procesamiento para los comisarios de la Policía Federal (PFA) Hugo Lompizano, Juan Antonio Quintero y Emilio Ramón Miragaya. Al mismo tiempo, la jueza decidió procesar por los delitos de homicidio y lesiones culposas al comisionado mayor de la Policía Metropolitana, Claudio Enrique Serrano; los comisionados César Enrique Menardi, Alfredo Córdoba Alberto Ojeda y al Superintendente de Seguridad de la Policía Metropolitana, Miguel Ciancio.
Esta decisión judicial refuerza la hipótesis planteada por el CELS sobre cómo fue el operativo represivo y quiénes fueron los responsables de los muertos y heridos. La investigación llevada adelante por el fiscal Sandro Abraldes y la fiscal Nuria De Ansó prueba que la Policía Metropolitana actuó en coordinación con la Policía Federal y bajo su dirección. Las fuerzas de seguridad tuvieron un accionar violento y descontrolado en el uso de la fuerza letal. Este accionar ilegal incluyó, además, el despliegue de efectivos sin uniforme, el uso abusivo de disuasivos químicos y el disparo de cerca de 600 cartuchos antitumulto. Al mismo tiempo, la resolución judicial afirma: “Se advierte el modo en que traspasan, varios metros, el ingreso de la villa 20 por el paso peatonal debajo del puente, el lanzamiento de gases lacrimógenos y el caracter ofensivo de los disparos”.
El procesamiento por homicidio y lesiones en agresión abarca a 25 agentes metropolitanos que efectuaron disparos con postas de plomo que resultaron letales, entre los que se encuentra el comisionado Mayor Ricardo Ferrón, también involucrado en la represión en el Hospital Borda y en la Villa 31 en 2013. Desde el inicio de la investigación, quedó clara la nula voluntad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para colaborar en el esclarecimiento de uno de los hechos más graves en los que intervino la Policía a su cargo. Todos los metropolitanos investigados permanecen en funciones y sus abogados tienen domicilio constituido en el Ministerio de Seguridad y Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. La investigación se encontró con diversos obstáculos: las autoridades porteñas brindaron información insuficiente y contradictoria en varios aspectos clave como la identificación del personal que participó del operativo y el armamento asignado. Asimismo, la justicia también dio lugar al pedido de procesamiento realizado por CELS para ocho policías de la PFA por abuso de armas. Estos agentes aun se encuentran en funciones, cuatro de ellos son defendidos por la División de Asuntos Penales de esa institución.
La ocupación del Parque Indoamericano sucedió en un contexto de déficit estructural de viviendas, que aún continúa y que vulnera derechos fundamentales. Lo sucedido en el predio muestra las consecuencias de imponer respuestas estatales represivas frente a reclamos por situaciones de exclusión e inequidad social, cuando en lugar de encauzar el conflicto mediante herramientas políticas se recurre a la judicialización y la represión. Estos hechos significaron un paso atrás en la política de no represión instrumentada desde 2003 por el gobierno nacional y dieron origen a la creación del Ministerio de Seguridad de la Nación. Al mismo tiempo fueron un anticipo de otras intervenciones violentas de la Policía Metropolitana. Resulta por eso fundamental que el principio de no represión sea defendido por el conjunto de la sociedad y las organizaciones políticas y sociales y que se fortalezcan los dispositivos de abordaje no violento de los conflictos sociales.
En esta causa, el CELS representa a los padres de Rossemary -Sabina Puña Chambi y Galo Chura Paco- quienes viven en Oruro, Bolivia. Rossemary tenía 28 años al momento de su muerte y vivía en el barrio de Los Piletones, junto a sus hijos de 7 y 9 años.
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