La justicia ordenó la intervención del “Melchor Romero” por violaciones a los derechos humanos

Dictaron una medida cautelar que dispuso la intervención judicial de la Dirección Asociada de Psiquiatría del Hospital Interzonal de Agudos y Crónicos “Dr. Alejandro Korn”, conocido como “Melchor Romero”.

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de La Plata dictó una medida cautelar en la que dispuso la intervención judicial  de la Dirección Asociada de Psiquiatría del Hospital Interzonal de Agudos y Crónicos “Dr. Alejandro Korn”, conocido como “Melchor Romero”. La intervención busca en primer lugar que se garantice la protección de derechos humanos de las personas allí internadas; luego, que se tienda a una adecuación progresiva de las políticas de salud mental de la provincia a la Ley Nacional de Salud Mental. La medida fue solicitada en un amparo colectivo presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), producto del trabajo conjunto con la organización territorial Desheredados de la Razón.

Durante el trámite judicial se realizó una inspección al hospital psiquiátrico donde se advirtió la gravedad de la situación que se había denunciado. En la cautelar el juez indicó que “con los elementos obtenidos de manera anticipada y que plantean un escenario de extrema gravedad, la dilación en brindar asistencia, trato digno y atención de calidad a los usuarios del sistema de salud mental implica desatender no sólo a los más básicos deberes de la función jurisdiccional, sino a la condición humana que ostentan aquellos”. Y que el Melchor Romero es un hospital neuropsiquiátrico “caracterizado por el encierro y la medicalización del paciente, que en la mayoría de los casos coincide con situaciones de pobreza y exclusión social, que el mismo sistema propicia al sostener el desarraigo de la comunidad a los usuarios, a través de internaciones que los privan de su libertad por años, o incluso de por vida”.

Se constató la ausencia de procesos de rehabilitación, la situación de abandono de las personas internadas, la inexistencia de privacidad, la deficiencia de controles externos eficaces que garanticen sus derechos. La cautelar subraya las “prácticas que pueden constituir trato cruel, inhumano o degradante, como la sujeción física (ataduras); el aislamiento y el uso abusivo de la medicación con fines de control social”. En este cuadro de situación se inscribe un alarmante número de muertes que no son investigadas.

La intervención judicial se realizará con la designación de un grupo interdisciplinario e intersectorial, a partir de las propuestas de los colegios profesionales de médicos, psicólogos y trabajadores sociales y las universidades. En cumplimiento con el mandato de intersectorialidad de la Ley, el juez habilita la participación de organizaciones de usuarios y familiares, organizaciones de derechos humanos, así como grupos que mantienen un trabajo territorial.

Desde el CELS resaltamos la importancia de implementar un proceso progresivo de cierre y sustitución que atienda las dimensiones de exclusión social que afectan a las personas allí institucionalizadas: garantizar que puedan incluirse en la comunidad, en igualdad de condiciones. Eso resultará imposible sin una planificación interministerial clara y un compromiso presupuestario acorde con las necesidades de esa población.