Un grupo de organizaciones de la sociedad civil presentamos un conjunto de acciones legales en el fuero federal y en seis jurisdicciones provinciales –Salta, Tucumán, Córdoba, Santiago del Estero, Ciudad Autónoma y provincia de Buenos Aires– para que se garantice el acceso al aborto legal en caso de violación o cuando esté en riesgo la vida o la salud de la mujer, tal como lo contempla el artículo 86 del Código Penal.
A nivel nacional, Amnistía Internacional, el Centro de Estudio Legales y Sociales (CELS) y el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) interpusieron una acción colectiva contra el Poder Ejecutivo Nacional (Ministerio de Salud), con el objetivo de que se ordene la incorporación –a nivel federal y como servicio básico y obligatorio del sistema de salud– de las prestaciones necesarias para interrumpir embarazos que fueran producto de una violación o que pongan en riesgo la vida o la salud de la mujer, en condiciones seguras, oportunas, dignas e igualitarias. La causa tramita en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 1 (a cargo del juez Ernesto Marinelli), Secretaría N° 1 (Javier Pico Terrero, secretario).
La directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina, Mariela Belski, afirmó que el objetivo “es lograr la incorporación, como servicio básico de salud, de la práctica del aborto legal”. En ese sentido, Lourdes Bascary, coordinadora del área de Derechos Económicos, Sociales y Culturales del CELS, resaltó “las acciones coordinadas e integradas que estamos desarrollando para procurar satisfacer y garantizar el derecho al aborto legal”.
Natalia Gherardi, directora ejecutiva de ELA, alertó sobre el incumplimiento de ese derecho en varias provincias y detalló que “el Estado argentino está incumpliendo con su obligación de garantizar el acceso al aborto legal en muchas jurisdicciones del país, y por ese motivo se pensaron acciones distintas para cada una de ellas”. Finalmente, Marta Alanis, fundadora e integrante de Católicas por el Derecho a Decidir, aseguró que “hay que sacar de la clandestinidad los abortos que son legales”.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), Amnistía Internacional presentó un amicus curiae para apoyar las demandas presentadas por la diputada María Rachid, CELS, ELA, Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), que piden la declaración de inconstitucionalidad de diversos requisitos incluidos en el protocolo de atención de los abortos no punibles (Resolución 1252/12) del Ministerio de Salud porteño, por obstaculizar el acceso de las mujeres al aborto legal en el sistema de salud público.
En la provincia de Buenos Aires, Amnistía Internacional, ELA y CELS enviaron una carta al presidente y a los titulares de todos los bloques de la cámara de diputados provincial para que den tratamiento, en forma urgente, al Proyecto de Ley de Regulación del Acceso a los Abortos No Punibles. La aprobación de ese proyecto es fundamental para que se garantice el efectivo ejercicio y respeto de los derechos humanos de las mujeres, dado que si bien la provincia aprobó una Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos no Punibles, se sigue obstaculizando el acceso a los abortos legales. El proyecto establece un marco regulatorio detallado y exhaustivo para ordenar las políticas públicas de salud que debe garantizar el estado provincial.
A través del fallo “F.,A.L.”, en marzo de 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que, cuando el embarazo proviene de una relación sexual no consentida, no se requiere autorización judicial ni denuncia policial previa para acceder al aborto legal y afirmó que es el Estado –como garante de la administración de la salud pública– el que tiene la obligación de llevarlo a cabo de manera rápida, accesible y segura.
El máximo tribunal exhortó a las autoridades nacionales, provinciales y de la CABA a dictar protocolos hospitalarios para la atención de los abortos no punibles, por lo que despejó las dudas que pudieran existir y facilitó el proceso para acceder a un derecho que las mujeres tienen desde 1921. Sin embargo, a más de dos años, el fallo no fue plenamente implementado: más de la mitad de las jurisdicciones del país lo desconocen y no dictaron normativas que aseguren el acceso al aborto legal en los hospitales.
Más de 100 mujeres mueren por año por causas relacionadas a abortos sépticos. Las estadísticas del quinquenio 2007-2011 muestran que el 23% de las muertes maternas derivaron de abortos inseguros y, en la actualidad, el aborto continúa siendo la principal causa de mortalidad materna en más de la mitad de las provincias del país.
La presentación en la ciudad de Buenos Aires. Antecedentes
Con esta presentación, en calidad de amicus curiae, Amnistía Internacional tiene el propósito de acercar a la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, estándares internacionales de derechos humanos y colaborar con la justicia en un mejor análisis y entendimiento de las demandas presentadas por la diputada Rachid, CELS, ELA, ADC y REDI contra el protocolo de aborto no punible.
La Resolución 1252/2012 de CABA establece un protocolo de atención con requisitos que imponen barreras en el acceso al aborto legal, por lo que se reclama su declaración de inconstitucionalidad. Algunos de los artículos impugnados contemplan, por ejemplo, la intervención obligatoria de un equipo interdisciplinario en el proceso; la obligatoriedad de que el director de la institución donde se realice la práctica confirme el diagnóstico y la procedencia del aborto y la exigencia de consentimiento por parte de representantes legales en caso de mujeres menores de 18 años.
También se impugna que la práctica sólo pueda realizarse hasta la semana 12 de gestación y que no se aclare que es ilícito ejercer la objeción de conciencia ante situaciones de urgencia y cuando no hay otro profesional disponible. Solicita que se reconozca el permiso para el aborto no punible cuando esté en peligro la salud de la mujer, sin exigir que esté calificado como grave o inminente, en todos los casos de violación y que se impongan límites gestacionales.
Las otras jurisdicciones
Córdoba
La organización Católicas por el Derecho a Decidir presentó un pronto despacho en la causa “Portal de Belén asociación civil c/ Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba” en el que se discute la constitucionalidad del protocolo de aborto no punible vigente, por encontrarse la causa sin movimiento desde mayo de 2013.
Además, Amnistía Internacional, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) presentaron un amicus curiae en la misma causa para recordar los estándares internacionales de derechos humanos que se encuentran comprometidos y que el juez de primera instancia, Federico Ossola, omitió considerar al momento de resolver la demanda.
Salta
Amnistía Internacional, CELS, ELA y CDD enviaron una carta a la Legislatura provincial para insistir en la importancia de que la provincia adhiera a la Guía Nacional de Atención de Abortos no Punibles y deje sin efecto la “Guía de Procedimiento para la Asistencia Integral de toda Víctima de Violencia Sexual y la Concreta Atención de los Abortos No Punibles”, sancionada por el Poder Ejecutivo de Salta, que tiene un alcance restrictivo.
Tucumán
La Casa de las Mujeres Norma Nassif, la Asamblea Permanente de Derechos Humanos (APDH Tucumán), junto con Amnistía Internacional, CELS, ELA y CDD, presentaron ante el ministro de Salud provincial un pedido de informes sobre el grado de implementación que tiene en esa provincia el acceso al aborto legal, dada la imposibilidad de acceder al mismo.
Santiago del Estero
La Asociación Civil por el Derecho a la Salud interpuso una acción colectiva contra el Poder Ejecutivo provincial, con el objetivo de que se ordene la elaboración de una guía de procedimiento para actuar en los casos en que se requiera interrumpir embarazos en forma legal.
La situación legal en el país y las provincias
Sólo ocho jurisdicciones poseen protocolos que se respetan lo establecido por el fallo de la Corte Suprema con respecto al acceso al aborto legal: Chaco, Chubut, Jujuy, La Rioja, Misiones, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego.
Otras ocho dictaron protocolos que contienen requisitos que dificultan el acceso a la interrupción del embarazo (Ciudad de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Neuquén, Provincia de Buenos Aires, Río Negro y Salta) y nueve jurisdicciones no han dictado protocolo alguno (Nación, Catamarca, Corrientes, Formosa, Mendoza, San Juan, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán).
Se hicieron públicos diversos casos en los que se dificultó o impidió el acceso al aborto legal por intervenciones ilegales de operadores judiciales, abogados y efectores sanitarios que, por falta de políticas públicas sanitarias claras, toman decisiones personales y no institucionales.