Causa contra el fiscal Gonella: difundir información de interés público no es un delito

El CELS solicitó que se suspenda la citación a indagatoria al fiscal Carlos Gonella hasta que el juez resuelva la excepción de falta de acción por inexistencia de delito, pendiente desde hace dos meses.

Esta mañana el CELS solicitó que se suspenda la citación a indagatoria al fiscal Carlos Gonella hasta que el juez resuelva la excepción de falta de acción por inexistencia de delito, pendiente desde hace dos meses.

En un escrito presentado el viernes 20 de febrero ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°11 el CELS, a cargo de la defensa de Gonella, interpuso una “excepción de falta de acción penal” por inexistencia de delito ya que las conductas de las que se acusa al fiscal general no encuadran en ningún tipo penal y, por lo tanto, no corresponde que la acción judicial prospere. De acuerdo a la jurisprudencia del fuero, estas excepciones deben ser resueltas antes de la indagatoria cuando la falta de delito es evidente. Es el caso de la denuncia contra Gonella.

En febrero el CELS asumió la defensa del fiscal general Carlos Gonella, titular de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), y pidió su sobreseimiento en la causa en la que la jueza María Gabriela Lanz lo acusa de difundir información sobre una investigación penal que la involucra.

El fiscal a cargo de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) fue denunciado por Lanz por haber divulgado en su cuenta de Twitter un link al portal de la Procuración General de la Nación que contenía información sobre una causa penal relacionada con el lavado de dinero en la que Lanz está imputada. La información relacionada con este caso había sido publicada en la página web del Ministerio Público Fiscal. Lanz denunció a Gonella y al titular de la Fiscalía en lo Penal Económico n° 3, Emilio Guerberoff, porque consideró que el acto de difundir información de la causa había implicado abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público y revelación de secretos oficiales.

La denuncia por “violación de secretos” pretende criminalizar la difusión de información sobre un funcionario del Estado relacionada con un asunto de interés público. Lo absurdo de la denuncia se torna evidente en el hecho mismo de que la denuncia de Lanz contra Gonella y las acciones del juzgado interviniente fueron difundidas por la página web del Centro de Información Judicial, dependiente de la Corte Suprema, incurriendo en la misma conducta que la denunciante considera delictiva. En el mismo sentido, ayer, la información sobre el llamado a indagatoria fue filtrada por el juzgado a los medios de comunicación antes de que se nos notificara.

La criminalización de la difusión de información de interés público es incompatible con la Convención Americana de Derechos Humanos y, como señalamos en el escrito presentado en febrero, provocaría daños irreparables a la libertad de expresión, tal como esta es interpretada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La restricción a las posibilidades de divulgar un contenido es un límite al derecho a expresarse. Además de la libertad de expresión, en este caso se pone en juego el acceso a la información en poder del Estado, un derecho fundamental de los individuos. De esta manera, la continuidad de esta causa sentaría un grave precedente para el pleno ejercicio de la libertad de expresión y el acceso a la información en nuestro país.

Haga clic aquí para leer la excepción de falta de acción presentada el 20 de febrero.
Haga clic aquí para leer la solicitud de la suspensión de indagatoria.

 

Actualización 30/05/2018: El 9 de abril de 2018 Carlos Gonella fue procesado por el juez Bonadío por revelación de secretos porque consideró que cometió un delito al retuitear publicaciones de la cuenta oficial del Ministerio Público Fiscal de la Nación. En esa misma resolución se rechazó la excepción de falta de acción presentada en marzo de 2015. El 22 de mayo, la Sala 2 de la Cámara Federal Criminal y Correccional revocó el procesamiento y dispuso la falta de mérito de Carlos Gonella ya que el secreto de sumario no había sido decretado en la causa de la cual surge la información divulgada por el MPF y compartida por Gonella. La Cámara resolvió la falta de mérito y ordenó a Bonadío que analice si no hay otra conducta punible de por medio.