Ante la circulación del proyecto de una Ley Nacional contra la discriminación, con dictamen de comisiones en la Cámara de Diputados, distintos medios de comunicación mencionaron críticas del CELS realizadas en octubre de 2014 a un proyecto distinto al que ahora está en debate. El uso de estos comentarios sin hacer mención al contexto en el que fueron realizados genera confusión sobre el contenido del proyecto y sobre la posición del CELS. Esta distorsión es deliberada, ya que no fuimos consultados por estos medios de comunicación sobre nuestra posición respecto al último dictamen.
El proyecto en debate (Expte. 9064-D-15) tiene importantes diferencias con el proyecto sobre promoción de la no discriminación en Internet (7379-D-2014) que fue criticado por el CELS en 2014. El texto del posible dictamen que ahora se discute no contiene los serios problemas que habíamos cuestionado porque no respetaban los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos: las clausuras suspensivas y definitivas de los sitios por decisión administrativa y no por vía judicial, ya de por sí problemática; la aplicación de daños punitivos además de la atribución de la responsabilidad civil reparatoria y la remoción de contenidos como única forma de planteo de los usuarios a los administradores de los sitios web. Estos puntos críticos fueron eliminados y, al mismo tiempo, el objeto de la regulación ha dejado de tener en miras la protección de la intimidad, lo que podía justificar otro tipo de acciones.
A pesar de estos significativos cambios, el proyecto que ahora tiene dictamen de la comisión de Derechos Humanos y Garantías de la Cámara de Diputados mantiene posibles incompatibilidades en materia de libertad de expresión con el articulado de la Convención Americana sobre Derechos Humanos debido a la vaguedad en los términos de algunas definiciones, a la falta de distinción entre conductas y expresiones en las tipificaciones y a las reglas de remoción de los contenidos, entre otros puntos. En los próximos días realizaremos una presentación con estas consideraciones relacionadas con la libertad de expresión y con otras vinculadas a la prevención y la sanción de la discriminación.
Finalmente, queremos señalar que la consulta previa por parte de los legisladores a las organizaciones sociales y de derechos humanos que venimos trabajando estas cuestiones desde hace años evitaría que el debate sobre la regulación de temas esenciales dependa únicamente de su tratamiento mediático.