Ayer, la Policía de la Ciudad reprimió con golpes, balas de goma y gases lacrimógenos una protesta de organizaciones sociales en la Av. 9 de julio, mientras sus delegados estaban reunidos con funcionarios del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
Durante el operativo, varios agentes de la policía porteña incumplieron la Ley de Seguridad de la ciudad de Buenos Aires: no estaban uniformados ni identificados cuando persiguieron y detuvieron a manifestantes. En las marchas de mujeres del 8 de marzo y del 3 de junio también actuaron policías sin identificar.
Ayer, los policías “de civil” también desafiaron a pelear a los manifestantes y los golpearon, en actitudes propias de barrabravas. Esta falta de profesionalismo de los agentes policiales es alarmante porque además de esgrimir un actitud provocadora hacia quienes protestan, incumple las normativas vigentes. El artículo 100 de la Ley de Seguridad Pública 5688/16 obliga al personal policial que participe en manifestaciones públicas a estar identificado. Y el artículo 159 indica que es obligatorio el uso del “uniforme reglamentario y su debida identificación en todos los actos de servicio, salvo en los casos de excepción que, por autorización expresa, realice la superioridad o exista orden emanada de autoridad judicial”. Entonces, el gobierno de la Ciudad debería aclarar si existe una orden explícita –es decir, una decisión política– para que los policías actúen sin identificación o si esos episodios se repiten porque la autoridad no tiene posibilidad de controlar a sus subordinados.
Foto: Agencia Paco Urondo