Las organizaciones debajo firmantes manifestamos nuestra preocupación frente a las recientes
declaraciones de referentes del oficialismo nacional con respecto a la posibilidad de iniciar un
procedimiento para remover por decreto a la Procuradora General de la Nación. Entendemos
que una decisión de esa índole implicaría un inaceptable avasallamiento institucional sobre el
Ministerio Público Fiscal y una violación al principio de división de poderes.
Debemos destacar que, desde la reforma de 1994, el artículo 120 de la Constitución Nacional
establece la independencia y autonomía funcional del Ministerio Público. En función de ello,
las leyes orgánicas de este organismo han previsto un procedimiento especial para la remoción
del Procurador General que sería burlado.
La trascendental función del Ministerio Público Fiscal como órgano encargado de la política
criminal del país está resguardada constitucionalmente a través de la independencia y
autonomía del organismo, que no pueden ser quebrantadas por una decisión discrecional del
Poder Ejecutivo Nacional. Dichas garantías no fueron un capricho del constituyente, sino
herramientas necesarias para asegurar la eficacia de la persecución penal y la transparencia
del sistema penal en su conjunto.
Consideramos que la solución de los evidentes problemas de la Justicia Penal Federal requiere
de cambios urgentes en el actual modelo arcaico, oscuro e ineficaz de administración de
Justicia. En ese sentido volvemos a advertir que aún se encuentra pendiente la
implementación de la reforma procesal penal aprobada por el Congreso de la Nación hace más
de dos años e instamos a los actores responsables a ponerla en marcha cuanto antes. Es esa y
no otra la forma de lograr un sistema penal más independiente, transparente y eficaz.
Asociación Pensamiento Penal (APP)
Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (inecip)