Luego de que el Poder Judicial de la provincia de Jujuy revocara la prisión domiciliaria a Milagro Sala presentamos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), junto con Amnistía Internacional y Andhes, la nota que reproducimos a continuación con el fin de denunciar el incumplimiento de la medida cautelar dispuesta por la CIDH a fines de julio. En este escenario, existe la posibilidad concreta de que se materialice un nuevo daño a la vida e integridad personal de Milagro Sala, que la medida cautelar demandaba prevenir y evitar.
El Estado federal, garante de las obligaciones internacionales de la Argentina, debe tomar a la brevedad todas las medidas necesarias para el pleno acatamiento de la Resolución 23/2017 de la CIDH.
Buenos Aires, 29 de septiembre de 2017
Al Señor Secretario Ejecutivo de la
Comisión Interamericana de
Derechos Humanos
Sr. Paulo Abrão
REF.- MC 25-16 Milagro Sala, Argentina. Denuncia incumplimiento.
Estimado Sr. Abrão,
Gastón Chillier, en representación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Ana Laura Lobo Stegmayer y Gabriel Pereira, en representación de Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES) y Mariela Belski, Directora Ejecutiva de Amnistía Internacional, Sección Argentina, se presentan a la Ilustre Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante ―Comisión o ―CIDH) a los efectos de poner en su conocimiento tres resoluciones judiciales que implican el palmario incumplimiento de la medida cautelar dispuesta en el trámite de referencia.
Conforme surge de los anexos que acompañan esta presentación, en el día de la fecha la Cámara de Apelaciones y Control de la provincia de Jujuy dispuso revocar las decisiones judiciales de primera instancia por las que se había dispuesto el traslado de la Sra. Sala al inmueble ubicado en loteo Villa Parque La Ciénaga, calle Picaflor Manzana 13, lotes 11, 12 Dpto. El Carmen, Provincia de Jujuy. De acuerdo con las decisiones adjuntas, se ha dispuesto “el reingreso de la imputada Milagro Amelia Sala al Servicio penitenciario de Jujuy Unidad N°3 de “Alto Comedero” donde deberá continuar con el cumplimiento de la prisión preventiva”.
Estas decisiones han sido notificadas a la defensa de la Sra. Sala solo en su parte resolutiva. Se desconocen así los fundamentos de su dictado. En atención a que implican un absoluto incumplimiento de la medida cautelar dispuesta por esta ilustre CIDH, consideramos imperioso hacérselo saber con la más absoluta urgencia. Ampliaremos esta presentación en cuanto contemos con mayor información.
En este escenario existe la posibilidad concreta de que se materialice el serio daño a la vida e integridad personal de Milagro Sala, que la medida cautelar demanda prevenir y evitar.
En virtud de lo expuesto, solicitamos a la CIDH que a la mayor brevedad posible tome las medidas necesarias para que el Estado argentino acate la Resolución 23/2017.
Sin más, saludamos a Ud. atentamente,