comunicado conjunto
En una decisión que hizo pública ayer, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) determinó que el Poder Judicial de Jujuy debe cumplir cabalmente y con urgencia la resolución de la Corte IDH y disponer entonces el arresto domiciliario de Milagro Sala o cualquier otra medida menos restrictiva de sus derechos.
La Corte IDH intervino en el caso a solicitud de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), tras el incumplimiento del Estado argentino de la medida cautelar requerida por Amnistía Internacional, Andhes y el CELS.
El 23 de noviembre, en su decisión de medidas provisionales a favor de Milagro Sala, la Corte Interamericana consideró que al estar encarcelada nuevamente en el penal de Alto Comedero, Milagro Sala enfrenta “una situación de riesgo a (su) integridad personal y a la salud”. Así, tras analizar los argumentos de la CIDH, el Estado argentino y las organizaciones representantes, el máximo tribunal regional dispuso que debía concedérsele el arresto domiciliario en su residencia habitual, u otra medida alternativa como “una tobillera o la retención de su pasaporte”.
El Estado argentino debe informar hasta el 15 de diciembre a la Corte IDH sobre el cumplimiento de la medida, cuya obligatoriedad fue ratificada por la CSJN.
Amnistía Internacional
Andhes
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)