Hace un año, el Poder Ejecutivo modificó a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) la Ley 25.871 de Migraciones y generó una política migratoria diferenciada y selectiva que clasifica a los migrantes en dos grupos: los “buenos”, que pueden regularizarse, y los “malos”, a quienes les corresponde la expulsión. Este enfoque coloca a todas las personas que provienen de otros países bajo una sospecha permanente y tiene consecuencias en los trámites de regularización de las personas migrantes, en particular de quienes tienen menos recursos, porque el abanico de conflictos que pueden terminar en la deportación en el nuevo contexto normativo es muy amplio.
El DNU habilitó un procedimiento de detención y deportación exprés de los extranjeros sometidos a cualquier tipo de proceso judicial de carácter penal y también de quienes hayan cometido faltas administrativas en el trámite migratorio, como, por ejemplo, no haber acreditado el ingreso al país por un lugar habilitado. Ahora una persona migrante que subsista de la venta callejera, puede ser denunciada penalmente por su actividad económica o por resistir un desalojo en la vía pública y ello implicará su clasificación como “expulsable”. Los jueces y fiscales tienen la obligación de notificar a la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) la existencia de causas judiciales que involucran a migrantes. Este aviso desata el inicio del trámite de expulsión de manera inmediata, sin importar si tiene familia, lazos sociales, arraigo o un plan de vida en la Argentina.
Sin diálogo, necesidad ni urgencia
Una semana antes de que el DNU fuese publicado en el Boletín Oficial, más de 150 organizaciones sociales solicitamos al jefe de Gabinete un espacio de diálogo sobre la reforma que el gobierno anunciaba, ya que la medida podía tener un impacto negativo en la vida de casi dos millones de personas. Sin debate y sin pasar por el Congreso, el gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el DNU 70/2017. La carta fue contestada una semana después, con la reforma ya firmada, invitando a un encuentro, con los hechos consumados. Desde hace un año las organizaciones esperamos un espacio franco, amplio y participativo para discutir una política migratoria que reafirme los derechos de las personas migrantes.
El gobierno utilizó dos argumentos que establecen una relación causal entre migración y criminalidad para justificar las supuestas necesidad y urgencia, y recurrir a la herramienta prohibida de legislar por decreto. Por un lado, presentó datos estadísticos de forma engañosa: dijo que la “población de personas de nacionalidad extranjera bajo custodia del servicio penitenciario federal” era un 21,35%, cuando los extranjeros detenidos en cárceles federales y provinciales son un 6% del total. Por otro, afirmó que los trámites administrativos y judiciales prolongados dificultan que la autoridad migratoria pueda cumplir con su función de “garantizar el orden legal migratorio, lo que en última instancia repercute en la seguridad pública”. En lugar de buscar herramientas efectivas para identificar cuáles son esas demoras y las causas que las producen, decidió que las personas migrantes seleccionadas ya no tendrían derecho al acceso a la justicia y a la defensa legal necesaria en el trámite migratorio.
En ningún momento se dio una explicación consistente sobre por qué no se podía esperar al comienzo de las sesiones legislativas para presentar un proyecto de reforma de la ley o incorporar el tema a las sesiones extraordinarias. El decreto está siendo estudiado desde febrero de 2017 por la Comisión Bicameral Permanente de Control de los DNU, sin una fecha para el tratamiento en el Congreso. En este contexto, todas las decisiones administrativas que se adopten desde la firma del DNU tienen validez.
En el enlace podrás acceder al capítulo 6 de nuestro informe anual, Migrantes: de la protección a la criminalización.
Ley modelo y pacto global
La Ley de Migraciones, sancionada en 2004 luego de años de lucha colectiva para que la Argentina tuviera una política migratoria democrática, reconoce la migración como un derecho humano y a la regularización migratoria como una obligación del Estado. Además influyó en reformas legislativas de Uruguay, Bolivia, Perú, Ecuador y Brasil. La política migratoria desarrollada desde ese entonces ha sido señalada por diversos órganos de derechos humanos y actores sociales alrededor del mundo como un modelo frente a las políticas migratorias restrictivas que se implementan en otros países, en particular en países de Europa y en Estados Unidos.
En la actualidad, en el ámbito de las Naciones Unidas se están dando los debates hacia un Pacto Global para las migraciones, que se adoptará durante este año, y que será suscripto por los Estados miembros. Puede tratarse de una herramienta intergubernamental sin precedentes para el desarrollo de políticas públicas que mejoren la situación de las personas migrantes, a través de una discusión amplia sobre la regularización migratoria como vehículo que asegura derechos, el acceso a la justicia de las personas migrantes –sobre todo en los trámites de expulsión– y la no criminalización de la migración.
En este contexto, los modelos de políticas migratorias de la región pueden aportar sus experiencias destacables, tanto en lo normativo como en lo práctico, pero para ello la Argentina debería volver sobre sus pasos y derogar el DNU 70/2017.
El DNU 70/2017 fue criticado por:
El Comité Contra la Tortura, ONU
El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos
El relator de la ONU sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia