Ramona hoy tiene 22 años y fue procesada por el presunto delito de aborto por María Cristina Barrionuevo, a cargo del Juzgado de Instrucción N°1 de Ushuaia, quien además pidió embargarla por 100 mil pesos. Cuando analizaron el caso, el área legal del colectivo feminista La Hoguera asumió la defensa de Ramona y pidió una serie de nulidades sobre el proceso contra ella, que fueron aceptadas por la Cámara de Apelaciones. El CELS se presentó como amicus y acercó argumentos. La Cámara, finalmente declaró nulo todo lo actuado por el juzgado.
El 10 de agosto de 2016 un muchacho fue a comprar Oxaprost a una farmacia de Tierra del Fuego y se habría ido sin pagar los 1.600 pesos que costaba la caja. A partir de esto se inició una serie de actuaciones policiales y judiciales insólitas no para investigar un robo, sino para buscar a alguna mujer que hubiera interrumpido su embarazo.
La policía hizo un operativo cerrojo para cercar al joven y, al mismo tiempo algunos agentes interrogaron a las empleadas del local sobre los efectos abortivos de las pastillas. La fiscalía, en apariencia, comenzó a investigar el hurto y la supuesta falsificación de la receta, pero con un despliegue que incluyó el secuestro de las grabaciones de las cámaras de seguridad de todas las farmacias, la toma de declaraciones testimoniales de los y las farmacéuticos de la ciudad, el análisis de las conversaciones telefónicas y el allanamiento al domicilio del presunto imputado y de las mujeres de su círculo íntimo, entre ellas, sus hermanas. Lo que en realidad estaban haciendo la policía y la fiscalía era buscar quién había hecho un uso obstétrico del Oxaprost y, extralimitándose en sus objetivos, comenzaron a perseguir penalmente a las mujeres en edad fértil.
En esa búsqueda y en base a pruebas que resultan nulas –ya que la fiscalía debía investigar un hurto–, se imputó el 31 de octubre de 2017 a Ramona, de 20 años en ese momento, por el delito de aborto.
Las posibles usuarias del Oxaprost son el blanco de la pesquisa policial a pesar de que la droga que contiene, el misoprostol, se usa para las interrupciones legales del embarazo y el Estado debe garantizar, según un fallo de la Corte, la “disposición de todas las condiciones médicas y sanitarias requeridas para la realización de los abortos legales de manera rápida, accesible y segura”, sin imponer cargas desproporcionadas a las mujeres. De manera contraria a lo que el Estado debe garantizar, las chicas en estado de vulnerabilidad como Ramona no suelen tener acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva, a una consejería amigable para adolescentes que la oriente para su toma de decisiones, tampoco a la anticoncepción, incluyendo la anticoncepción de emergencia y posteriormente, la interrupción legal del embarazo en el hospital.
Ramona era víctima de violencia, estaba desempleada y tenía un hijo a quien cuidar desde que tenía 16 años. Toda la instrucción fiscal sobre la joven fue declarada nula. Para el CELS el caso es relevante porque, si se hubiera tratado de un caso de criminalización del aborto, la investigación debía orientarse hacia el supuesto de que era una interrupción legal del embarazo y que, frente a la desinformación de la muchacha sobre sus derechos, sus pocos recursos y el estigma que pesa sobre el aborto, la adolescente se pudo ver obligada a abortar, poniendo en riesgo su salud y su vida en la clandestinidad.