La Asesora General Tutelar del Ministerio Público de la Ciudad de Buenos Aires, Yael Silvana Bendel, emitió la resolución AGT nro. 75/2018, que bajo el pretexto de “organizar” los recursos de la Asesoría Tutelar, avanzó sobre las acciones que llevan adelante los asesores de primera y segunda instancia, a la vez que estableció mecanismos de consulta y comunicación de sus intervenciones, que pueden dar lugar a interferencias indebidas en casos que llevan adelante. La resolución está dirigida de manera exclusiva a los integrantes del Ministerio Público Tutelar que integran el fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad y que litigan o interpelan al Gobierno de la Ciudad ante el incumplimiento de sus obligaciones con los derechos humanos.
La resolución aparece luego de que algunos asesores tutelares desarrollaran estrategias de protección en clave colectiva de derechos de niñas, niños y adolescentes, que resultaron ser efectivas para la promoción del derecho a la salud y el derecho a la educación, frente a decisiones deliberadas de las autoridades públicas de afectarlos. En concreto, coincide con las acciones de amparo que presentaron contra el Gobierno de la Ciudad: una para hacer cesar el protocolo que criminalizaba las tomas de colegios secundarios, y la otra para obtener información y un mecanismo de participación para los estudiantes en la reforma educativa llamada “Secundaria del Futuro”. La labor activa y eficaz de los Asesores Tutelares recibió críticas de funcionarios públicos de la Ciudad.
Se da entonces una coincidencia entre la emisión de la resolución 75, la existencia de casos de violaciones de derechos humanos que tuvieron una respuesta eficaz a partir de la intervención de los asesores tutelares y los mensajes de funcionarios públicos de la Ciudad de Buenos Aires, lo que sugiere una intención distinta de la Asesora General a la de “organizar los recursos técnicos” de la institución. En lugar de asegurar y consolidar el acceso a la justicia y una defensa efectiva de los intereses que deben proteger los Asesores, la Dra. Bendel limitó, por un lado, las funciones del Asesor de Cámara que no podrá buscar soluciones alternativas previas a la acción judicial y, por otro, podrá intervenir sobre las acciones que lleven adelante todos los Asesores, cuando reclamen del Gobierno de la Ciudad el cumplimiento de obligaciones en materia de derechos económicos sociales y culturales.
Es necesario someter la medida a una revisión urgente, tal como pedimos a través de una nota, ya que tiene efectos negativos sobre el acceso a la justicia y mecanismos de protección de quienes son sujetos de tutela preferente: niños, niñas, adolescentes y usuarios de los servicios de salud mental.