Ante la posibilidad de que el proyecto de ley que aduce regular las escuchas sea aprobado el próximo miércoles por el Senado en sesión plenaria, las organizaciones que integramos la Iniciativa Ciudadana para el Control del Sistema de Inteligencia (ICCSI) insistimos con la necesidad de que sea devuelto a comisión y sometido a un amplio proceso de participación y debate. Advertimos que el proyecto, tal como está, convalida el estado de situación actual de las escuchas, y genera mayores problemas de los que ya existen.
La iniciativa de ley, autoría del senador Rodolfo Urtubey y con aval de Cambiemos, fue dictaminada en comisión en menos de una hora y sin que se hubiera distribuido el texto con suficiente antelación para que los legisladores y la sociedad civil interesada pudieran analizarlo y acercar su opinión. El proyecto de ley pretende convalidar la decisión del presidente Mauricio Macri que en 2015 traspasó por DNU el sistema de escuchas a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Para tomar cabal dimensión de la sensibilidad del tema, basta recordar la gravedad de algunos episodios resonantes, varios de los cuales se registraron desde que las escuchas están bajo la órbita de la Corte Suprema.
En Argentina, un juez puede autorizar escuchas contra testigos y familiares de víctimas y nadie se entera, excepto que la causa cambie de magistrado. Esto sucedió en el marco del habeas corpus iniciado por la desaparición de Santiago Maldonado. Las intervenciones quedaron registradas en un legajo reservado. El nuevo juez a cargo determinó que fueron inconstitucionales e ilegítimas; sin embargo meses atrás fueron solicitadas por una fiscal subrogante, autorizadas por otro juez, ejecutadas por el organismo de la Corte y -en cierta medida- avaladas por una Cámara Federal.
En Argentina, un juez puede autorizar escuchas en tiempo real (escuchas directas) para delitos que ya ocurrieron y con la persona buscada ya detenida, a efectos de escuchar indirectamente a una ex mandataria. Esto ocurrió en las escuchas realizadas al ex Director de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), por medio de las cuales se obtuvieron las conversaciones con la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
En Argentina, se pueden filtrar ilegalmente audios de una escucha realizada en una investigación criminal para desprestigiar a un adversario y nadie va a encontrar al responsable. Eso sucede desde hace más de un año con los audios de la ex presidenta, que son difundidos a cuenta gotas según la oportunidad política del momento por importantes periodistas. Aun cuando la situación afecta a una persona que ocupó altos cargos en el país, ningún magistrado o fiscal, ni la Corte en su carácter de responsable institucional de la DAJUDECO, ni la Comisión Bicameral de Fiscalización del Congreso identificaron a los responsables.
En Argentina, un juez puede autorizar escuchas por más de 10 años sin necesidad de argumentar de manera fehaciente la necesidad de tal esfuerzo. Esto sucedió en la causa AMIA.
En Argentina, un juez puede -a pedido de un espía- agregar ilegalmente números telefónicos de personas que no están investigadas en una causa penal y cobrar extra por la gestión. Esto sucedió en la causa de escuchas ilegales que salpicó al actual Presidente de la Nación y que tuvo por damnificados a familiares suyos y familiares del atentado a la AMIA.
En Argentina, un importante número de escuchas se realiza sin saber qué delito se está investigando, puesto que nada obliga al juez a identificarlo.
En Argentina, la AFI sigue manejando el sistema de escuchas -hoy en la Corte- a través de personal de esa agencia, y por acuerdos que comprometen de su parte asistencia informática y asesoramiento técnico.
En Argentina, la Bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia del Congreso, a cargo del control de las escuchas, funciona bajo el principio del secreto. Nada de lo que haga o deje de hacer puede ser conocido por terceros, sean estos diputados o senadores de la nación, periodistas o ciudadanos.
En Argentina, al presidente actual de esa Comisión lo puso, contra reglamento, el mismísimo titular de la AFI. Esa presidencia durará 4 años, en vez de 2 como debería ser.
No hay país en el mundo con un sistema de escuchas telefónicas como el argentino. En la mayoría de los países la ejecución de las escuchas no es intermediada por ningún organismo, como sucede en Argentina con la DAJUDECO de la Corte, porque esa intermediación otorga un poder inmenso al organismo que la detenta. Nuestro país arrastra este problema desde que se crea la Dirección de Observaciones Judiciales (OJOTA) en la SIDE, tras la privatización de Entel. España, Francia, el Reino Unido, Alemania, Italia, Bulgaria, Dinamarca, Malasia, Noruega, Serbia, Suecia, Tailandia, Uruguay, y los EEUU son algunos ejemplos de países que no tienen un sistema de escuchas centralizado como el argentino.
Vale la pena que nuestros legisladores vean cómo están organizadas las escuchas en las democracias más antiguas y desarrolladas y también en países más parecidos al nuestro. No encontramos ejemplo en el mundo en que las escuchas sean competencia de un organismo dependiente de la Corte Suprema. El principio que guía la organización de los sistemas de interceptación es que “quien autoriza no escucha, y quien escucha no autoriza”.
Sin embargo, pese a la gravedad y diversidad de problemas que afectan al régimen de escuchas, la mayoría de los senadores insisten en que la solución viene de la mano de una norma que establezca la cadena de custodia. No obstante, cuando se trata de problemas estructurales, una ley de segundo nivel sólo puede funcionar de barniz legitimante, pero nunca podrá prevenir o reducir los problemas vigentes.
Nadie discute la necesidad de un sistema de interceptación de las comunicaciones legal y eficaz para la inteligencia y para la investigación criminal. Pero es tiempo de que se eliminen los enormes riesgos del uso político de esta herramienta. Porque nadie quiere, en democracia, que la política, las organizaciones sociales, los adversarios sean rehenes de los aprietes, ni que se sigan usando las causas judiciales para hacer operaciones políticas.
Solicitamos a los senadores y senadoras de la Nación que revean el proyecto y hagan partícipe de la discusión a expertos, académicos y organizaciones de la sociedad civil.
Solicitamos también al Presidente de la Nación que revise la decisión plasmada en el DNU por el que se traspasó el sistema de escuchas a la Corte Suprema y que su fuerza política no convalide este proyecto e intervenga activamente en el debate para repensar entre todos el mejor sistema de interceptación de comunicaciones para el país.
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Fundación Vía Libre (FVL)
Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia (ILSED)
Núcleo de Estudios de Gobierno y Seguridad de NEGyS-UMET