El 10 de mayo, el juez Gustavo Lleral declaró la nulidad de las intervenciones telefónicas realizadas a Sergio Maldonado y a otras personas, mientras el Estado debía investigar lo que había ocurrido con Santiago, y ordenó su destrucción. Luego, esta decisión fue apelada por la fiscal Silvina Ávila. Hoy, pedimos que la Cámara ratifique la decisión del juez Lleral en virtud de la protección del derecho a la intimidad.
Las decisiones que dispusieron las escuchas en septiembre de 2017 no fueron fundadas y no cumplieron con los requisitos que establece el Código Procesal Penal, ya que ninguna de las personas cuyas comunicaciones se intervinieron estaba imputadas por ningún delito. En el caso de la interceptación de las comunicaciones de Sergio Maldonado, la situación es especialmente grave ya que el Estado, ante su incapacidad de encontrar a una persona, tomó la decisión de investigar a la víctima, decisión que además es contraria a la ley de protección a víctimas de delitos, vigente desde julio de 2017.
Al mismo tiempo, señalamos que la fiscalía busca instalar un estándar peligroso para la vigencia de las garantías al intentar justificar la legalidad de la intervención telefónica usando como argumento la información que se obtuvo en la escucha. Esto implicaría una violación grave del derecho a la intimidad y una alteración del control judicial de las escuchas, control que por este camino terminaría no existiendo.
Finalmente, solicitamos que se establezcan medidas de resguardo del resultado de las interceptaciones telefónicas y que se investiguen las filtraciones a los medios de comunicación de su contenido a fin de determinar la posible comisión de delitos, ya que el poder judicial no puede naturalizar la violación de la cadena de custodia.
Foto: Revista Cítrica