La propuesta de regulación, publicada en el marco del Programa Justicia 2020, restringe la posibilidad de demandar judicialmente al Estado y a empresas en defensa de derechos en el marco de conflictos colectivos y desconoce estándares constitucionales básicos que ubican a las acciones colectivas como herramientas fundamentales para asegurar el acceso a la justicia de personas y grupos en situación de vulnerabilidad. Las organizaciones hemos manifestado las razones fundadas de nuestra preocupación y reclamado al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que se abstenga de impulsar el Anteproyecto porque, además de tener graves inconstitucionalidades, falencias, inconsistencias y retrocesos, se generó sin la participación de organizaciones de la sociedad civil, de defensa de derechos humanos, el ambiente y los recursos naturales, de consumidores/as ni de organismos públicos de defensa de derechos, como defensorías.
En una reunión reciente con las autoridades del Programa Justicia 2020, solicitada con urgencia luego de advertir estas falencias en el proyecto difundido, se plantearon las objeciones a la falta de participación y al carácter regresivo del proyecto, tras lo cual las autoridades se comprometieron a garantizar la participación de las organizaciones y tener en cuenta las críticas presentadas sobre el contenido del Anteproyecto, ya que según afirmaron “no existía intención política de enviarlo al Congreso”.
El jefe de gabinete refirió haber recibido “algunas críticas al Anteproyecto” y convocado a participantes de la sociedad civil a una reunión presencial en la sede del Ministerio. Sin embargo, omitió mencionar que esa reunión fue solicitada expresamente por las organizaciones y que desde el Ministerio aún no se brindó ninguna respuesta formal a las múltiples críticas presentadas. A su vez refirió que “no est[án] de acuerdo que se trate de un proyecto restrictivo”, no tomando en cuenta las severas críticas enunciadas tanto por las organizaciones firmantes como por especialistas en la materia y, particularmente, ignorando el grado de avance de la jurisprudencia existente. Finalmente, indicó que el proyecto “pone orden al actual sistema en el que tramitan las acciones colectivas”, sin ningún tipo de justificación. En este contexto, son preocupantes las respuestas del Jefe de Gabinete, porque desconocen la gravedad de las cuestiones por las cuales debe ser rechazado y contradicen las afirmaciones de las autoridades de Justicia 2020 en la reunión.
El anteproyecto no fue acompañado de una exposición de motivos ni precedido de un diagnóstico adecuado, y no sólo no resuelve ni reduce los graves problemas en el acceso a la justicia que afectan los grupos más desfavorecidos, sino que además los profundiza, limitando seriamente el uso y efectividad de las acciones colectivas. Con una regulación como la que se propone no hubieran sido posibles decisiones judiciales históricas que protegieron el derecho de acceder a tratamiento y medicamentos de personas con VIH, a condiciones dignas en las cárceles en la provincia de Buenos Aires, la privacidad en el uso de internet y servicios telefónicos, el derecho a no sufrir discriminación en el uso de la línea de ferrocarril Sarmiento, el derecho de las mujeres a no sufrir discriminación por las empresas, el derecho a la educación laica en Salta, la nulidad de aumento de tarifas de gas establecido sin audiencia pública y la reparación de la contaminación del Riachuelo, entre muchas otras.
Es necesario que se inicie un proceso de discusión genuina tendiente a generar acuerdos sobre la mejor forma de regular las acciones colectivas, un proyecto que amplíe su uso y eficacia, e incluya la necesaria participación de las organizaciones de derechos humanos, representantes de usuarios y consumidores, y todas aquellas que defienden los intereses de colectivos en especial situación de vulnerabilidad, así como las personas afectadas que hayan sido o sean parte de los colectivos representados por estas acciones, ya que se trata de una herramienta clave para asegurar sus derechos.