Se cumplen tres años de la detención arbitraria de la dirigente social de origen coya Milagro Sala, quien aún cumple prisión preventiva. Está detenida en su domicilio en el barrio de Cuyaya, en la capital jujeña. Fue trasladada allí en diciembre de 2018 desde el penal de Alto Comedero, después de que el Tribunal 3 de Jujuy decidiera cumplir luego de un año con lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya decisión fue reafirmada por la Corte Suprema de Justicia de Nación.
Milagro Sala fue detenida el 16 de enero de 2016 por haber participado de una protesta: un acampe frente a la casa de gobierno de la provincia de Jujuy. A partir de su detención luego del ejercicio de su derecho, hubo un entramado de “acusaciones consecutivas”, esto es, un despliegue de causas judiciales y un contexto de vulneración de la independencia judicial destinados a sostener la privación de libertad de Sala de manera indefinida, tal cual lo definió el Grupo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas, en octubre de 2016.
En julio de 2017, luego de varios meses de prisión, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó al Estado que adopte medidas alternativas al encarcelamiento. El Estado incumplió esa decisión y la Comisión dio intervención a la Corte IDH. En noviembre de ese año, nuevamente un órgano del sistema interamericano ordenó al Estado argentino adoptar de manera inmediata las “medidas de protección que sean necesarias” para garantizar la vida, integridad personal y salud de Milagro Sala. La Corte IDH señaló que se debía implementar el arresto domiciliario en su casa o cualquier otra medida que resultara “menos restrictiva de sus derechos”, como “una tobillera o la retención de su pasaporte”.
Milagro Sala, sin embargo, fue trasladada en esa oportunidad -el 15 de diciembre de 2017- a la casa del dique La Ciénaga. El arresto domiciliario que cumplió en esa oportunidad es asimilable a las condiciones de detención en la prisión de Alto Comedero, por lo que una vez más el Estado incumplió con la medida establecida por la Corte IDH.
En enero de 2018, cuando estaba por cumplirse el plazo máximo de dos años para mantener a una persona en prisión preventiva, la Sala Penal del Superior Tribunal de Feria resolvió la prórroga extraordinaria de esa medida privativa de la libertad por un año más. De esta manera, el Poder Judicial jujeño escribió un capítulo más sobre la violación de las garantías del debido proceso y la presunción de inocencia. La arbitrariedad de la decisión, además, se configura en la falta de justificación de que una orden así sea adoptada. El Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de la ONU advirtió ese vacío argumental en todas las causas penales en contra de Sala: ninguna autoridad judicial pudo explicar que hubiera peligro de fuga o que pudiera entorpecer la causa.
En agosto de 2018 la CSJN había ordenado a la justicia de jujeña cumplir la decisión de la Corte IDH de noviembre de 2017: Sala no debía estar encarcelada porque su vida y su salud estaban en riesgo. Sin embargo, de manera intempestiva, el juez Pablo Pullen Llermanos ordenó el traslado inmediato de Milagro Sala a una cárcel federal en la provincia de Salta, en horas de la madrugada. El lugar elegido ya había sido señalado por la CIDH como inadecuado. El juez también dispuso una serie de medidas excepcionales para su alojamiento, que muestran su animadversión. El Estado provincial de Jujuy en ningún momento cumplió de forma cabal con las medidas provisionales dictadas por la Corte IDH.
En diciembre de ese año, 2018, el Tribunal en lo Criminal 2 de Jujuy absolvió a Milagro Sala en la causa “balacera de Azopardo”. La acusaban de instigación para cometer un homicidio y se dieron situaciones de presión por parte del Poder Ejecutivo sobre los magistrados.
El pasado 14 de enero, Milagro Sala fue condenada a 13 años de prisión por asociación ilícita, fraude y extorsión, en un juicio sobre el que sus defensores denunciaron irregularidades destinadas a incriminarla. Es el cuarto juicio que afronta desde que fue detenida. Se trata de una causa iniciada en enero de 2016, que comenzó con vicios procesales, al punto de que el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria dijo que el Estado impidió el ejercicio del derecho de defensa de Sala por la falta de precisión y claridad de los hechos que se le imputaron y por no informarle adecuadamente los delitos por los que fue acusada. Esas violaciones de los derechos de Milagro Sala nunca se subsanaron. La condena aún no está firme.
*Foto: MAFIA.