Las mujeres cargan con una doble jornada laboral. En promedio, trabajan menos horas en ocupaciones remuneradas, lo que hace que su ingreso sea menor. Esto responde a la división sexual del trabajo; en esa distribución, las mujeres destinan 6 horas promedio por día a tareas domésticas y de cuidados, que no son remuneradas. Entre 2003 y 2016 pudieron jubilarse 1.796.439 mujeres entre 60 y 65 años, más del 80% de quienes accedieron al beneficio del Plan de Inclusión Previsional, más conocido como “moratoria previsional”.
En junio de 2016 se aprobó la ley 27.260 de “Reparación Histórica”. Esta ley ómnibus buscó poner fin a los juicios previsionales y ordenó el pago a jubilados con sentencias judiciales a su favor, dispuso un mecanismo de “sinceramiento fiscal” para el blanqueo de capitales y creó la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
La PUAM reemplazó la moratoria previsional de la ley 26.970. Este plan de inclusión permitía acceder a una pensión a las personas que no tenían suficientes aportes y que sus deudas previsionales se descuenten del haber que reciban. La moratoria, además, remedaba las políticas estatales históricas cuyo saldo fue el desempleo en las décadas del 90 y de los 2000 y, como dice la declaración del Grupo de Estudios de Seguridad Social de la UNAJ, daba cuenta de formas de precarización laboral, muchas veces sostenidas por el propio Estado, y constituyó un reconocimiento de su propia responsabilidad jurídica y política como autoridad pública. Para las mujeres supuso el reconocimiento de las tareas de cuidado y feminizadas, el trabajo no remunerado y el alto porcentaje de informalidad laboral. Las mujeres encontraron en la moratoria una vía para poder jubilarse.
A diferencia de la moratoria, la PUAM puso un piso arbitrario de 65 años -incluso para mujeres-, representa un 80% del haber mínimo de aquellas personas que sí pueden acceder a una jubilación -es decir 20% menos del mínimo legal. Además, a diferencia de la jubilación, no puede transmitirse o trasladarse al/la cónyuge luego de fallecida la persona beneficiaria. Esta propuesta impulsada por el poder ejecutivo nacional coincide con indicadores sociales, económicos y de inclusión que muestran en la actualidad los efectos adversos del recorte económico y su impacto desproporcionado en los sectores más desprotegidos. El riesgo alimentario creció al 35% y más del 51% de les niñes y adolescentes del país son pobres. La jubilación mínima supera apenas un 5% la línea de pobreza, mientras quienes reciben la PUAM están 9 puntos por debajo.
La ANSES anunció, ante una marcha programada para protestar por el fin de la moratoria, que la prorrogó por tres años. La Ministra de Salud y Desarrollo Social de la Nación, Carolina Stanley dijo que “Desde el gobierno nacional somos plenamente conscientes del aporte clave que realizan las mujeres al desarrollo del país y las familias a través del trabajo de cuidado no remunerado. Es reconocer a todas las mujeres que trabajaron en la informalidad y, a la vez, promover su empoderamiento y autonomía económica”.
Sin embargo, al prorrogar la moratoria mediante una resolución de la ANSES no corrieron la fecha de corte: quienes quieran plegarse a la moratoria deberán acreditar más años de trabajo formal. En ese esquema, muchas mujeres no podrán jubilarse y solo les quedará la PUAM. Es decir que el reconocimiento de la ministra Stanley no tiene efectos materiales. Por las características de la PUAM, se trata de una medida asistencial y no un derecho basado en el reconocimiento a una vida de trabajo.
El Observatorio de Género de CEPA -en base a datos del INDEC-EPH- indica que en el segundo trimestre de 2016, el 60% de los hogares por debajo de la línea de pobreza con menores a cargo, son monoparentales con una jefa mujer al frente. En el escenario actual, con mayores índices de desocupación, sobre todo en mujeres y mujeres jóvenes, el incremento de las tarifas y la alta inflación en los alimentos, la moratoria prorrogada -y su ineficacia- y la PUAM proponen un horizonte aún más regresivo.
La Corte Suprema de Justicia en el caso de María Isabel García explicó en este punto que la reforma constitucional de 1994 garantizó “la igualdad real de oportunidades y de trato” a favor de las y los jubilados, como grupo vulnerable. El envejecimiento y la enfermedad son causas determinantes de vulnerabilidad que obligan a las y los jubilados a contar con mayores recursos para no ver comprometida su existencia y calidad de vida. También destacó que la Constitución genera el deber de las y los legisladores de dar respuestas especiales y diferenciadas para los sectores vulnerables para asegurarles el goce pleno y efectivo de todos sus derechos.
Como consecuencia de estas medidas, alrededor de medio millón de mujeres no podrían jubilarse en la actualidad con la prórroga de la moratoria en estas condiciones. Es urgente que el Congreso resuelva este escenario con una nueva ley, que modifiquen los plazos para plegarse a la moratoria, y que el gobierno presente una evaluación del impacto social y de género diferenciado como parte del debate necesario y urgente en la sociedad.