Hasta hoy, la ONU ubicaba el cannabis y su resina (hachís) dentro de las listas más restrictivas de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961. Figura en la Lista I, junto con la heroína y la cocaína, y en la Lista IV, reservada para drogas con “propiedades particularmente peligrosas”, con un valor terapéutico mínimo o nulo.
La inclusión del cannabis en estas listas es contraria a la evidencia científica y, en este sentido, la OMS llevó a cabo el primer examen crítico de los riesgos para la salud y las propiedades medicinales del cannabis. En 2019, publicó una serie de recomendaciones para reclasificar el cannabis y las sustancias relacionadas en el sistema de fiscalización de drogas de la ONU que fueron sometidas hoy a la votación de la Comisión de Estupefacientes.
El estatus legal anómalo del cannabis ha devenido cada vez más problemático, a medida que un número creciente de países exploran la descriminalización y la legalización del cannabis, tanto para usos médicos como no médicos.
Entre las recomendaciones sobre las que opinaron los 53 estados miembros de la Comisión solo se aprobó la remoción del cannabis de la Lista IV de la Convención Única de 1961. Esto significa que la OMS reconoce formalmente la utilidad medicinal del cannabis (incluyendo la hierba), y facilitará el suministro y la investigación sobre el mismo.
Otras recomendaciones que contemplaban agregar derivados del cannabis como el dronabinol y el THC a la Lista I, el nivel más bajo, no tuvo quórum.
La recategorización del cannabis como sustancia terapéutica en las Naciones Unidas allana el camino para varios países que replican las normas internacionales en sus legislaciones.
Este cambio de perspectiva resulta crucial para repensar las políticas de drogas y reformar las legislaciones vigentes, hacia un modelo de regulación que tenga como centro la promoción de la salud pública.
Gráfico: International Drug Policy Consortium