El 30 de enero de 2017, el Poder Ejecutivo modificó la Ley 25.871 de Migraciones y daba lugar a un claro retroceso en los derechos de las personas migrantes en el país. Con la adopción del DNU 70/2017, se habilitó un procedimiento de detención y deportación exprés de las personas migrantes sometidas a cualquier tipo de proceso judicial de carácter penal, condenadas o no. También se autorizó la expulsión de quienes hayan cometido faltas administrativas en el trámite migratorio, como, por ejemplo, no haber acreditado el ingreso al país por un lugar habilitado.
La vigencia del DNU agrava aún más las condiciones de vida de les migrantes que en el contexto del Covid-19 han perdido ingresos económicos como la mayoría de los sectores vulnerables. Tienen dificultades para sostener sus viviendas y en muchos casos están excluides de los sistemas de protección social diseñados por el gobierno para asegurar cierto nivel de subsistencia.
Si bien el gobierno nacional en marzo del año pasado en el contexto de la pandemia había decidido suspender todos los plazos administrativos vinculados con los trámites de expulsión, en diciembre los restableció. De esta manera, la decisión administrativa habilitó la continuación de los trámites de expulsión sumarísimos que inauguró el DNU 70/2017, sin consideración alguna de lo que puedan estar atravesando las personas migrantes que residen en Argentina en el delicado contexto de la pandemia.A cuatro años de la entrada en vigencia del DNU 70/2017, es imperativo que la Corte Suprema ratifique la decisión “colectiva” de inconstitucionalidad de la Cámara Contencioso Administrativo Federal o que lo derogue el Ejecutivo. La anulación de este decreto es un paso central para garantizar los derechos de los colectivos migrantes y para afirmar una política migratoria que desarme trabas y asegure el acceso a la regularización migratoria.