En la provincia de Chubut se encuentran vigentes los protocolos para la utilización de armas de fuego en situaciones con agresiones con armas blancas -publicado bajo la Resolución 145-2020 del Ministerio de Seguridad- y de actuación de las fuerzas de seguridad del Estado en manifestaciones públicas, publicado a través de la Resolución 172-2018 del Ministerio de Gobierno.
El protocolo de uso de armas de fuego representa un retroceso en materia de control de uso de la fuerza letal por parte de las y los efectivos policiales. Recupera directivas y criterios de intervención previstos en la Resolución 956/2018 del Ministerio de Seguridad de la Nación, creada por la administración anterior y derogada por la actual en diciembre de 2019, a la vez que suma nuevos elementos que redundan en una ampliación de los supuestos para la utilización del arma de fuego.
El protocolo provincial se aparta de los principios de excepcionalidad y proporcionalidad en el uso de armas de fuego por parte de integrantes de las fuerzas de seguridad, fijados por la normativa local e internacional, entre ellas, los Principios Básicos de la ONU y el Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley incorporado a nuestra Ley de Seguridad Interior y reforzados por los estándares fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que prohíbe a los Estados privar arbitrariamente de la vida a las personas.
Por su parte, el protocolo para la actuación de las fuerzas de seguridad del Estado en manifestaciones públicas sigue prácticamente a rajatabla el texto que la gestión a cargo de Patricia Bullrich quiso aprobar en 2016, pero no llegó a formalizar.
Este protocolo implica un claro límite al ejercicio de derechos fundamentales en una sociedad democrática como la libertad de expresión, de reunión y el ejercicio de la libertad de prensa. Ello resulta incompatible con la Constitución Nacional y los tratados internacionales sobre derechos humanos.
La norma plantea una serie de problemas muy graves: amplía los márgenes de la intervención y discrecionalidad policial para penalizar el ejercicio de la protesta sin necesidad de una orden judicial; omite dar indicaciones claras sobre al uso de las armas denominadas “menos letales” y la capacidad de daño de su utilización; afecta el trabajo periodístico ya que es la propia policía la que puede indicar a las y los trabajadores de prensa dónde ubicarse de modo de no interferir con su procedimiento; no establece medidas respecto de la identificación del personal policial, como ser la obligatoriedad de uso de uniforme y la identificación que permita individualización del personal interviniente.
Resulta muy preocupante que la provincia de Chubut desarrolle protocolos para guiar la actuación policial replicando instrumentos de una pobreza técnica alarmante y de una clara orientación represiva, que por otra parte ya han sido derogados y superados por la nueva gestión nacional.
Ante la creciente conflictividad social, con genuinos reclamos del pueblo de Chubut, resulta inadmisible que la provincia sostenga normativas que se oponen a derechos constitucionales y a leyes nacionales y locales.
Las organizaciones firmantes demandamos la inmediata derogación de los protocolos mencionados.
CELS- APDH- Comisión Contra la Impunidad y por la Justicia Chubut- Secretaría Provincial de DD HH de CTA Autónona Chubut – H.I.J.O.S. Puerto Madryn – Unión de Asambleas de Comunidades de Chubut – Red por la Identidad Esquel – Acción Grupal Antirrepresiva (AGARRE) – Asociación Civil INSTITUTO FUTALEUFU
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