La Corte Suprema de Justicia de la Nación reconoció en un fallo importante la sobrepoblación crítica del sistema penitenciario de Buenos Aires y ordenó a la Suprema Corte provincial hacerse cargo de la situación estructural de violaciones de derechos que sufren las personas privadas de libertad. Este problema es de tal magnitud que exige medidas de fondo y acciones coordinadas que aseguren efectividad. Además, definió que la detención en establecimientos policiales no resulta adecuada y que no corresponde rehabilitar los que fueron clausurados. La acción había sido presentada en 2014 por el Consejo de Defensores de la provincia de buenos ante el incumplimiento del fallo “Verbitsky” de la Corte Suprema en 2005.
En esa sentencia, la Corte Suprema había dado pautas para hacer cesar las violaciones de derechos que el hacinamiento provocaba, aunque hasta el momento la Provincia de Buenos Aires no dio cuenta de haberlas implementado. A partir de una habeas corpus presentado por el CELS en 2001, la CSJN había resuelto, que la situación del sistema de encierro provincial era crítica y había requerido acciones coordinadas entre los tres poderes del Estado provincial para asegurar los derechos y garantías de la población privada de libertad. Entre otras medidas concretas, la Corte había ordenado al máximo tribunal y a les jueces provinciales que hicieran “cesar con la urgencia del caso el agravamiento o la detención misma, según corresponda”.
Más allá de unos años de mejora durante el tiempo inmediatamente posterior al fallo, la situación volvió a agravarse. A partir de 2012, la población penitenciaria total pasó de 30 mil detenidos a casi 50 mil. Esto a su vez repercutió sobre el uso de las comisarías como espacio de encierro permanente: la cantidad de personas alojadas en comisarías aumentó un 426% en ese lapso, y alcanzó un pico de 5661 en noviembre de 2020. Hoy se mantiene en niveles intolerables.
El trasfondo de este aumento exponencial es una política criminal punitiva que se centra en el uso del encarcelamiento como única respuesta a una gama amplia de problemas que van desde delitos violentos hasta conflictividades sociales. Bajo el supuesto de que la sociedad exige esta respuesta punitiva, desde el Estado se retroalimenta esta demanda y se promueven iniciativas como el endurecimiento de la prisión preventiva, el uso del encierro para delitos de escasa gravedad o el bloqueo de la ejecución progresiva de la pena. Estas medidas no tuvieron un impacto positivo en la reducción de dinámicas de violencia, y en cambio produjeron una catástrofe humanitaria en el sistema carcelario bonaerense.
Desde 2012, el CELS viene insistiendo en múltiples instancias que es necesario abordar de forma integral y estructural la crisis humanitaria de las cárceles bonaerenses. Entre otras cuestiones, iniciamos dos procesos cautelares, aún en trámite, en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En estas instancias, se generaron espacios de diálogo con los distintos gobiernos provinciales, en los que se logró un protocolo de investigación de casos de tortura y un protocolo de uso racional de la fuerza en unidades penitenciarias. Sin embargo, a la fecha el Estado no tomó medidas para reducir el hacinamiento, ni dejó de utilizar a las dependencias policiales, algunas inclusive clausuradas, como lugares de alojamiento prolongado de detenides.
En 2020, una vez iniciada la pandemia, alertamos a la SCBA sobre la necesidad de adoptar medidas estructurales para evitar el colapso del sistema de encierro provincial ante un posible brote del virus intramuros. La SCBA decidió no intervenir.
Luego y como estrategia alternativa, nos presentamos ante la Corte Suprema en el marco de la acción de los defensores provinciales para reafirmar la necesidad de discutir el incumplimiento del habeas corpus colectivo “Verbitsky”. Hacía casi 7 años que la Corte Suprema debía resolver aquel pedido de les defensores. El agravamiento de la situación durante los años del gobierno de María Eugenia Vidal y la crisis sanitaria provocada por la pandemia volvieron a poner en el centro de la discusión este caso que aún se encontraba sin una resolución.
Así, el 14 de mayo pasado, luego de varios años de crecimiento acelerado de la tasa de encarcelamiento provincial y de profundización de la crisis carcelaria, la CSJN finalmente resolvió que las medidas ordenadas en 2005 en el habeas corpus colectivo Verbitsky se encuentran vigentes e incumplidas y estableció explícitamente que, por estas razones, el caso no está cerrado. A partir del fallo de hoy, la situación de las personas privadas de su libertad debe ser abordada por la Suprema Corte provincial sin que puedan alegar que se trata de cuestiones políticas en las cuales el sistema de justicia provincial no tiene ninguna responsabilidad. La reapertura de esta instancia judicial deberá ser el marco en el que se discutan medidas efectivas en conjunto con el Poder Ejecutivo y Legislativo para bajar la tasa de encarcelamiento y resolver la crisis penitenciaria provincial.