Brasil: El proyecto de ley antiterrorista es una amenaza para las democracias de la región

La iniciativa busca crear un aparato paralelo de inteligencia subordinado al presidente de la República. Junto a la Organización Mundial Contra la Tortura y a otras organizaciones le expresamos al presidente de la Cámara de Diputados, Arthur Lira, nuestra preocupación por el proyecto.

Las organizaciones firmantes nos dirigimos al Congreso Nacional de Brasil para expresarle nuestra preocupación por el Proyecto de Ley 1595/2019. Esta iniciativa busca reformar la Ley Antiterrorista de 2016 para crear un aparato paralelo de inteligencia en el Poder Ejecutivo federal.

El proyecto presentado por el diputado Major Vitor Hugo (PSL) fue aprobado el pasado 17 de septiembre por una Comisión Especial de la Cámara de Diputados – un trámite acelerado y con reducidas oportunidades de participación y debate –, quedando pendientes su aprobación en el plenario de esta cámara y el análisis por el Senado.

La decisión ignora la recomendación de un grupo de Relatores Especiales de Naciones Unidas, que solicitaron que el Estado brasileño suspenda la tramitación del texto en función de los altos riesgos que representa para los derechos humanos, particularmente la libertad de expresión y de asociación. El proyecto busca crear un nuevo aparato de vigilancia directamente subordinado al Presidente de la República que podrá monitorear el ejercicio de un amplio rango de actividades bajo la justificación de que tengan alguna relación con el terrorismo.

El texto tiene tres problemas centrales:             

1. El PL 1595/2019 crea un nuevo concepto de terrorismo con criterios amplios e indefinidos. No existe ningún elemento que diferencie el llamado “acto terrorista” de delitos comunes; además, el texto criminaliza la mera intencionalidad.

Cualquier acción individual o colectiva con “apariencia de tener intención” de “intimidar o coaccionar la población civil o afectar la definición de políticas públicas” podrá ser criminalizado. El carácter vago de los conceptos fácilmente permitirá perseguir no solamente manifestaciones públicas organizadas, como protestas y huelgas, como también cualquier intento, inclusive individual y en por medios digitales, de participar en el debate público.

2. Para identificar y perseguir acciones “terroristas” se crean nuevas atribuciones del Estado – las “acciones contraterroristas” – que abarcan desde el control de las fronteras nacionales hasta la elaboración de sofisticadas estrategias de inteligencia, vigilancia e infiltración de agentes públicos. El proyecto de ley busca crear un sistema paralelo de vigilancia y control social centralizado bajo la autoridad del presidente de la república, que adquiere poder de coordinar fuerzas armadas y policiales, además de movilizar a cualquier agente público para la ejecución de acciones secretas. Eso se haría con escasos mecanismos de control entre poderes y ningún mecanismo de control social. Adicionalmente, en su artículo 23 el proyecto delega al presidente la capacidad de reglamentación de la ley.

3. Finalmente, el artículo 13 del proyecto determina que las acciones contraterroristas configuran hipótesis de “exclusión de ilicitud”, una presunción de legalidad que genera menores controles y responsabilidad de los agentes públicos. En el contexto brasilero y en el amplio marco generado por el texto, la sociedad civil señala que esto en la práctica puede significar una licencia para matar.

La estigmatización, persecución y criminalización de voces disidentes y movimientos sociales creció en alta velocidad en Brasil en los últimos años. Este proceso representa una grave amenaza a las democracias en la región. La aprobación de un marco legal como el propuesto por el Proyecto de Ley 1595/2019 no sólo presenta un problema para Brasil, sino que sentaría un precedente legal peligroso para la región, que podría ser replicado en otros países. La fragilidad institucional de muchas de las democracias latinoamericanas plantean un escenario que podría complejizarse aún más con legislaciones de este tipo.

Por esa razón, organizaciones que trabajamos por el fortalecimiento de las democracias de la región y la defensa de los derechos humanos en América Latina y el mundo, solicitamos al Congreso la reconsideración del tratamiento de este proyecto de ley y continuaremos nuestro trabajo en solidaridad con las organizaciones de derechos humanos del Brasil.

Firman:

Aprodeh – Perú

Asociația Promo-LEX – Moldova

Cairo Institute for Human Rights Studies (CIHRS) – US

Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) – Argentina

Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos – Perú EQUIDAD

CLEEN Foundation – Nigeria

Fundación 1367 Casa Memoria José Domingo Cañas – Chile

Gulf Centre for Human Rights (GCHR) – Líbano

Instituto Vladimir Herzog – Brasil

Ligue Tunisienne des droits de l’Homme (LTDH) – Túnez

Observatorio Ciudadano – Chile

Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) – Internacional

ProDESC – México

Tierraviva – Paraguay