A Sebastián Ariel Rodríguez lo condenaron a 50 años de prisión. Lo acusaron de copar en 2018 una comisaría de San Justo para liberar a un preso junto a otras personas. En el asalto a la seccional, una policía recibió dos disparos y quedó parapléjica. Varios de los que participaron del asalto fueron detenidos pero uno de ellos no fue encontrado. Durante la investigación, agentes de la Delegación de Investigaciones de La Matanza detuvieron a Rodríguez, quien estaba en situación de calle y no tenía contacto alguno con los miembros de la banda. Solo tenía el mismo nombre que ese sospechoso prófugo y por esa razón fue apuntado. Luego de su detención se construyeron pruebas para incriminarlo y todas las líneas de investigación que pudieran corroborar su versión de inocencia fueron rechazadas. En este momento el caso se encuentra en el Tribunal de Casación Bonaerense, ante el cual desde el CELS nos presentamos como amicus curiae y pedimos que se revise la condena que recibió Rodríguez.
El 30 de abril de 2018, Leandro Aranda estaba preso por homicidio en la comisaría distrital Noroeste 1a de San Justo. Ese día un grupo armado y con uniformes policiales entró a liberarlos. Al entrar a la seccional uno de los que irrumpió le disparó a la sargento Rocío Villarreal. Luego de que escaparan del lugar, todos los que habían participado del copamiento fueron detenidos salvo el que había herido a la mujer. A partir de los testimonios y de conversaciones telefónicas se informó en la causa que el nombre del prófugo era Sebastián Rodríguez. Veinte días después, Sebastián Ariel Rodríguez, que desde hacía tiempo vivía en situación de calle, era detenido y acusado de los disparos, a pesar de que no había pruebas que lo sostuvieran.
En una causa que acumula irregularidades, funcionaries judiciales y policiales decidieron que el detenido en situación de calle era parte de la banda que irrumpió en la comisaría y ya no volvieron a revisar esa posibilidad. Rodríguez era homónimo a la persona que buscaban y había personas que podían demostrar su inocencia pero no fueron consultadas. La novia de Aranda, que había mantenido conversaciones con el Sebastián Rodríguez que sí participó del episodio y otro miembro de la banda confirmaron que el detenido no había tenido nada que ver con los disparos. Había otros testigos, como la novia del verdadero Sebastián Rodríguez, a los cuales nunca se les preguntó, a pesar de los pedidos del abogado defensor.
La prueba de la que se sostiene la acusación es el reconocimiento en una rueda de personas que se hizo con un testigo que vio el día del asalto al Rodriguez que nunca capturaron. Ese procedimiento está duramente cuestionado porque ninguna de las otras personas era similar al Sebastián Rodríguez en situación de calle, algo que vulnera las garantías en la identificación. Por otro lado, los jueces entendieron que la voz que apareció en uno de los teléfonos de los otros condenados era de Sebastián pero se negaron a realizar un cotejo de las dos voces, también pedido por la defensa.
Los testimonios de los policías que lo detuvieron también tienen un relato que resulta funcional a la acusación. Sostienen que al momento de la captura, Sebastián Ariel Rodríguez no huyó ni nada sino que les dijo: “Soy yo, soy Seba, perdí, ya está”. De la causa se desprende que el encargado de conseguir los uniformes y las armas fue precisamente Rodríguez, algo difícil de que pueda llevar adelante una persona en situación de calle.
A partir de un recurso de la defensa, mañana se llevará adelante una audiencia en la Sala 1 del Tribunal de Casación de la Provincia. Innocence Project Argentina y el CELS estaremos presentes en la audiencia en la que los abogados defensores pedirán que se revoque la sentencia del tribunal que le dio 50 años de cárcel.
Causas armadas
Por las características de lo ocurrido, el caso tuvo una enorme repercusión en los medios. El copamiento a la seccional y los disparos a la policía demandaron una necesidad de resolución rápida del caso. En situaciones como éstas el sistema judicial precisa mostrar eficiencia en la investigación: Por esta razón muchas veces terminan forzando la producción de prueba para dirigir la investigación hacia donde creen que les resulta más conveniente.
Para dar una muestra del impacto de este caso, hay que recordar que el juicio se llevó adelante en la propia DDI de La Matanza, hasta donde el ministro de Seguridad de la Provincia, Sergio Berni, llegó con su equipo de comunicación para hacer declaraciones públicas. El día del veredicto, el juez que acababa de leer la condena dijo a los medios que no le ponía más años de pena “porque el Código Penal no se lo permitía”.
Desde hace varios años, constatamos que una práctica abusiva de las fuerzas de seguridad que se repite con alarmante frecuencia es el armado o fraguado de causas, la que suele afectar a personas de bajos recursos, desocupadas y en algunos casos hasta menores de edad, con o sin antecedentes penales. En este sentido, centramos nuestro análisis en aquellos procesos penales en los que se registran deficiencias en la investigación, lo que posibilita la errónea (o arbitraria) imputación de un delito a una persona que es, en realidad, inocente.
Aunque debiera existir un control judicial de la actuación policial e investigativa que permita identificar y resolver este tipo de casos a tiempo, sin llegar a afectar los derechos, las garantías constitucionales y las vidas de las personas, en la práctica esto no sucede. Por el contrario, se observa que muchos de estos procesos terminan en condenas basadas en pruebas endebles e insuficientes para alcanzar el grado de certeza necesario y exigido para quebrar el principio de inocencia. En estos casos, la justicia penal termina por convalidar el deficiente accionar policial en las investigaciones.