Nos presentamos como amicus curiae en el Caso CAJAR contra el Estado colombiano

La Corte IDH estudia la demanda del Colectivo de Abogados Alvear Restrepo (CAJAR) por las tareas de inteligencia ilegal, amenazas y persecución sufridos por sus integrantes durante los últimos 30 años. El caso representa una oportunidad para sancionar acciones y prácticas de inteligencia ilegal y arbitraria que los Estados despliegan contra organizaciones sociales y activistas de derechos humanos y evidencia la necesidad de contar con normas claras que regulen y controlen las actividades de inteligencia.

Foto: Prensa Cajar.

Desde el CELS nos presentamos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos como amicus curiae en el caso que el Colectivo de Abogados Alvear Restrepo (CAJAR) lleva adelante contra el Estado colombiano. Durante los últimos 30 años y bajo cinco presidencias distintas, se desarrollaron tareas de inteligencia ilegal, amenazas y persecución contra les integrantes del CAJAR y sus familiares por sus trabajos vinculados a la defensa de los derechos humanos. Les abogades de ese colectivo representan a víctimas y familiares de ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y masacres, y litigan desde hace más de cuatro décadas casos contra autoridades públicas responsables de esos hechos. 

En este proceso internacional, el CAJAR demostró que fue víctima de escuchas de cientos de comunicaciones, seguimientos, hostigamientos, de un atentado y, en particular, la utilización del aparato estatal para recabar información personal sobre más de 40 de sus integrantes y sus familiares. En su mayoría, esas acciones fueron ejecutadas desde la década de 1990 por el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), encargado de actividades de inteligencia e investigación criminal, que funcionó como la herramienta de persecución y represión de la disidencia política. Aún con la disolución del DAS y el dictado por primera vez de una ley de inteligencia en Colombia en el año 2013, las acciones en contra del CAJAR continuaron con otras agencias del Estado. Todas estas operatorias fueron realizadas bajo el argumento del estado de excepción para el resguardo de la seguridad nacional. 

El Poder Ejecutivo durante 30 años se empeñó en tratar a los integrantes del Colectivo y a sus familias como terroristas. La nueva legislación no restringió las actividades ilegales y los mecanismos de control les negaron todo el tiempo la información que el Estado acopió sobre ellos. El Poder Judicial rechazó las múltiples denuncias presentadas y avaló la persecución. En resumen, todo el poder estatal creó las condiciones para que las tareas de inteligencia y vigilancia ilegal persistieran en el tiempo y quedaran impunes. 

En las últimas décadas, los Estados, como respuesta a supuestas amenazas, ampliaron sus funciones represivas y desplegaron nuevas y viejas prácticas de inteligencia legal e ilegal y de criminalización para aplicarlas contra organizaciones sociales y contra quienes se organizan para defenderlos. Este caso, que ahora la Corte IDH debe resolver, representa una oportunidad para condenar al Estado colombiano y definir reglas y obligaciones estatales para prohibir las tareas de inteligencia y vigilancia sobre organizaciones y referentes de derechos humanos, limitar y restringir el alcance de los aparatos de inteligencia, garantizar el acceso a la información y obligar a los Estados a desarrollar mecanismos efectivos e independientes de control.