Nuestra región aún es heterogénea en cuanto a legislación y políticas públicas dirigidas a las personas LGBTI+. En algunos países existen leyes que criminalizan a esta población de manera directa. En otros, se omiten las protecciones necesarias. Mientras que en los que se reconocen sus derechos y se establecen mecanismos para garantizarlos, como en la Argentina, persisten las prácticas estatales y normas que permiten que se sigan cometiendo graves actos de discriminación.
En Panamá, por ejemplo, durante el 2021 se aprobó la ley general de adopciones que prohíbe la posibilidad de adoptar a parejas del mismo sexo. Así como no existe una ley de protección ante la discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género, y tampoco se reconoce a la población LGBTI+ como vulnerable.
Por su parte, en Guatemala, la Asamblea Legislativa Nacional introdujo en 2021 una iniciativa denominada “ley para garantizar la protección integral de la niñez y adolescencia contra los trastornos de la identidad de género”. La norma prohíbe la difusión de información que haga referencia a la identidad o la expresión de género, como forma de eliminar explícitamente estos temas de los programas de educación sexual en las instituciones educativas.
En Argentina, la ley 26743 de identidad de género, sancionada en 2012, representa una gran conquista para las personas LGBTI+. También la norma implica un avance para toda la región. Sin embargo, la población trans y travesti enfrenta constantes actos de discriminación y violencia institucional heterocisnormativa. Los delitos de tenencia de drogas para consumo personal y para su venta al consumidor, así como la contravención de oferta del trabajo sexual en el espacio público, son las principales herramientas que usan las policías, muchas veces combinando las figuras, para ejercer abusos sobre este colectivo. Y el poder judicial, al convalidar el accionar policial como a partir de sus propias intervenciones, refuerza esa vulneración de derechos. Por ejemplo, a través del no reconocimiento del género autopercibido en el proceso judicial.
Para plantear éstas y otras problemáticas, el viernes 28 de octubre se llevó a cabo en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la audiencia temática acerca de “los impactos de las leyes que continúan afectando a las personas LGBTI+ en nuestra región”. Desde el CELS participamos como integrantes de la Red de litigantes LGBTI+ de las Américas junto a otras organizaciones, como Akahatá (Argentina), Synergía (regional) y Fundación Iguales de Panamá.
En la audiencia solicitamos a la CIDH que los Estados que aun no cuentan con la legislación, aprueben leyes de no discriminación que reconozca la orientación sexual, la identidad y expresión de género como categorías protegidas, en concordancia con la Convención Americana de Derechos Humanos.
También pedimos que se reformen las normas que permiten la criminalización de grupos históricamente excluidos como la población trans y travesti. Así como pedimos que se generen y publiquen estadísticas oficiales sobre las intervenciones policiales y del Poder Judicial, para evitar la invisibilización de la vulneración de derechos hacia este colectivo. Además, marcamos la necesidad de transformar las prácticas de las burocracias policiales y judiciales, históricamente racistas, clasistas y heterocisnomativas.
Ante estos planteos, las comisionadas expresaron preocupación en la regresión sobre conquistas de derechos ya alcanzadas y acerca del desafío de hacer frente a grupos anti derechos. Además, Julissa Mantilla, presidenta de la CIDH, enfatizó en la necesidad de usar instrumentos internacionales de protección de las mujeres para defender a las feminidades trans y travestis. Y, de ese modo, reforzó lo expresado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en la sentencia “Vicky Hernández y otras vs. Honduras”.