En este capítulo se da cuenta de dos temas que, en el contexto de la emergencia que caracterizó la transición del período analizado en este informe, quedaron en un segundo plano en el debate público respecto de la situación de los derechos humanos de la infancia en la Argentina.
El primero es la reforma legal pendiente, tanto a nivel federal como provincial, que determinaba que las leyes nacionales y gran parte de las leyes provinciales no respetaran los estándares internacionales en materia de derechos humanos de la infancia. El segundo es la aplicación para una parte de la población infantil (aquella que tiene entre 16 y 18 años), del sistema penal de adultos en su consecuencia más severa: la prisión y/o reclusión perpetua. Estos temas, si bien se presentan como separados, están íntimamente relacionados ya que, dado que la Argentina no adecuó, en general, la condición jurídica de la infancia a los estándares internacionales, ocurre que, en algunos ámbitos del derecho, los menores de 18 años son tratados como adultos, lo cual constituye una violación de la Convención de los Derechos del Niño.