El 27 de febrero de 2008, Manuela sintió un fuerte dolor abdominal. Fue a la letrina, a unos metros de su casa, ubicada en una zona rural en El Salvador, y sufrió una emergencia obstétrica: expulsó un feto y se desmayó. Su mamá logró que un vecino la trasladara al hospital. Ingresó muy descompuesta, con una fuerte hemorragia. En ese momento comenzó un proceso de maltrato, violencia y estigmatización contra ella, una mujer rural, con muy escasos recursos materiales y simbólicos.
El personal médico, en lugar de darle atención, la acusó de haber abortado y llamó a la policía. Manuela, sin una defensa adecuada, fue encarcelada y condenada a 30 años de prisión por el delito de homicidio. La sentencia está sostenida en estereotipos de género y prejuicios. En ese momento tenía 31 años y dos hijos pequeños. Dos años después, Manuela murió de cáncer linfático, esposada a una cama de hospital.
Los gravísimos hechos que sufrió Manuela y su familia desde el momento que se desvaneció en la letrina hasta el día que falleció muestra el arraigo de la estigmatización que padecen las mujeres en el trance de una emergencia obstétrica en El Salvador. La normativa salvadoreña de penalización extrema a mujeres por abortar no deja ningún margen para el respeto a los derechos humanos, puesto que la persona gestante debe enfrentarse al dilema de morir o ser encarcelada.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene la oportunidad de pronunciarse por primera vez sobre la normativa salvadoreña restrictiva sobre aborto, sobre las obligaciones de los Estados frente a emergencias obstétricas y el deber de confidencialidad en los servicios de salud. Este caso representa un hito para el futuro de la lucha de los derechos sexuales y reproductivos en toda la región, en condiciones de igualdad y sin discriminación.