Zavaleta: amicus por la provisión de servicios públicos al barrio

El Núcleo Habitacional Transitorio Zavaleta reúne la misma precariedad edilicia y de infraestructura que una villa de emergencia. La única diferencia con estas barriadas populares se encuentra en su origen, ya que fue construido por el propio Estado en 1969, durante el gobierno de facto de Onganía.

El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires mantiene una deuda para con los vecinos de Zavaleta, quienes deben lidiar todos los días con condiciones de vida indignas por la falta de agua potable, de alumbrado en las calles, de recolección de residuos y el precario estado de sus cloacas. En definitiva, Zavaleta está inmersa en un profundo déficit habitacional. Por ello, en el año 2009, dos vecinas del barrio Zavaleta, por derecho propio y en representación de sus hijos menores, iniciaron una acción de amparo.

La medida cautelar fue dictada el 3 de junio de 2009 y le ordena al GCABA asegurar de inmediato la prestación razonable y adecuada de los servicios esenciales de provisión de agua potable, de luz eléctrica, alumbrado público y la remoción de los escombros hasta tanto se resolviera el fondo de la demanda o bien hasta que se diera plena satisfacción a las necesidades básicas. El gobierno de la Ciudad no cumplió. En diciembre de 2014 la Jueza de Primera Instancia hizo lugar a la acción de amparo y condenó al GCBA a adoptar medidas positivas para garantizar los derechos en juego. Desde el CELS nos presentamos como amicus ante la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativa y Tributario de la CABA.

Autor/a: CELS
30 págs.