MIDA

Derechos Laborales

Informe 1

junio 2024 - junio 2025

Alemania

Panorama general

El área de derechos laborales muestra un saldo desfavorable concentrado en los primeros meses de la nueva coalición de gobierno CDU/CSU–SPD, que asumió tras las elecciones de febrero de 2025. Las dos medidas registradas en este período son amenazas —no retrocesos efectivos— en el sentido MIDA: anuncios e intenciones de política que aún no se materializaron en cambios normativos definitivos, pero que señalan una dirección preocupante.

La derogación de la Ley de Diligencia Debida en la Cadena de Suministro

En abril de 2025, los partidos de la nueva coalición de gobierno —CDU/CSU y SPD— anunciaron su intención de derogar la Ley de Diligencia Debida en la Cadena de Suministro (LkSG), que obligaba a las empresas alemanas a garantizar el respeto de los derechos humanos y laborales a lo largo de su cadena de producción global. La medida fue justificada como parte de una iniciativa de reducción de cargas administrativas. Según el acuerdo de coalición, la LkSG sería reemplazada por una implementación simplificada de la Directiva europea de sostenibilidad corporativa (CSDDD), sin obligaciones de información y de aplicación suspendida salvo en casos de violaciones graves. Esta decisión representa un retroceso en la proyección internacional de los estándares laborales alemanes, con consecuencias potenciales para trabajadores en cadenas de suministro de países del Sur Global.

Flexibilización de la jornada laboral

En mayo de 2025, la coalición de gobierno declaró su intención de reemplazar el límite máximo de jornada laboral diaria —actualmente fijado en ocho horas, con un máximo de diez en casos excepcionales— por un límite semanal. Aunque el acuerdo de coalición no ofrece detalles precisos sobre el nuevo marco, la medida abriría la posibilidad de jornadas de más de doce horas en días puntuales. El período de descanso mínimo de once horas entre jornadas seguiría siendo obligatorio. Las organizaciones sindicales señalaron que esta flexibilización afectaría especialmente a los trabajadores con menor poder de negociación, que son quienes más dependen de los límites legales para proteger sus condiciones de trabajo.

Argentina

Panorama general

El área de derechos laborales exhibe en Argentina una alta concentración de retrocesos: en el espacio de doce meses, la administración Milei atacó simultáneamente el derecho a la organización sindical, el derecho a huelga, los derechos previsionales y las condiciones generales de trabajo. La herramienta privilegiada fue el decreto de necesidad y urgencia, que permitió al ejecutivo avanzar sin debate legislativo en reformas que afectan a millones de trabajadores. Al mismo tiempo, se registraron defensas legales relevantes por parte de la sociedad civil que lograron frenar, al menos en parte, algunas de las medidas más regresivas.

La reforma laboral de la Ley Bases

El 9 de julio de 2024, con la promulgación de la Ley Bases 27.742, entró en vigor una reforma laboral de amplio alcance. Sus principales medidas incluyeron la eliminación de multas por trabajo no registrado; la extensión del período de prueba de tres a seis o doce meses según el tamaño de la empresa; el debilitamiento de la presunción de relación laboral; la creación de la figura del «trabajador colaborador», que habilita hasta tres colaboradores sin relación de dependencia; la incorporación de un fondo de cese laboral como sustituto de las indemnizaciones; y un blanqueo laboral con condonación de deudas de entre el 70% y el 90% según el tamaño de la empresa. El conjunto de estas medidas fue caracterizado por analistas especializados como un retroceso hacia estándares laborales inconstitucionales.

Veto a la actualización previsional y fin de la moratoria

En agosto de 2024, Milei vetó una ley aprobada por el Congreso que establecía un incremento adicional del 8,1% en los haberes de abril y fijaba que el haber mínimo no podía ser inferior a 1,09 canastas básicas por adulto. El Congreso no logró reunir los votos necesarios para revertir el veto. En marzo de 2025, el gobierno decidió no prorrogar la moratoria previsional que permitía acceder a la jubilación a amas de casa y a personas que no contaban con los aportes suficientes, clausurando un mecanismo de inclusión previsional que había beneficiado a cientos de miles de personas —en su mayoría mujeres— en las últimas dos décadas.

Los DNU sobre huelga y organización sindical

En mayo de 2025, el gobierno emitió dos decretos de necesidad y urgencia que atacaron directamente los derechos colectivos del trabajo. El DNU 340/25 restringió el derecho a huelga mediante la ampliación de las actividades consideradas «servicios esenciales» —que requieren un 75% de prestación obligatoria durante la huelga— y la creación de la nueva categoría de actividades de «importancia trascendental» con un 50% de prestación obligatoria. Incluyó además como criterio para definir un servicio esencial las actividades que afecten «metas de recaudación fiscal», una categoría de una amplitud tal que podría aplicarse a prácticamente cualquier sector de la economía. El DNU 342/25 estableció la posibilidad de que el ejecutivo intervenga en los sindicatos en casos que el propio gobierno defina como «acefalía sindical», abriendo la puerta a una injerencia directa del Estado en la vida interna de las organizaciones de trabajadores.

El protocolo antibloqueo, implementado mediante la resolución 901/2024 del Ministerio de Seguridad ya en septiembre de 2024, había sido el antecedente directo de esta escalada: previó el despliegue de fuerzas federales para hacer cesar bloqueos sindicales, la comunicación automática a empleadores para facilitar despidos por «grave injuria» y la identificación de participantes con fines de posible acción penal —criminalizando efectivamente el derecho de protesta laboral.

Defensas legales

Frente a los DNU sobre huelga, El 2 de junio de 2025, la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) obtuvo una resolución favorable de amparo que suspendió las limitaciones al derecho a huelga previstas en el DNU 340/25. El 30 de junio de 2025, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3 declaró la invalidez constitucional de los artículos 2 y 3 del DNU 340/25, en un fallo que destacó la ausencia de la emergencia que justificaría el uso del decreto y la ilegitimidad de la restricción al derecho de huelga. La Confederación General del Trabajo (CGT), que había presentado su propio amparo el 27 de mayo, vio así respaldada su posición por el poder judicial. Estos fallos constituyen un ejemplo significativo de la función de freno que puede ejercer la justicia frente al avance del ejecutivo sobre los derechos colectivos.

Brasil

Panorama general

El área de derechos laborales presenta en Brasil un saldo predominantemente positivo en términos de medidas del ejecutivo federal, contrarrestado por la confirmación judicial de la reforma laboral sancionada en 2017 y por amenazas vinculadas a la precarización del trabajo. El período también registra una notable actividad del movimiento sindical, que desplegó huelgas, movilizaciones y propuestas legislativas que colocaron la agenda laboral en el centro del debate público.

Avances del ejecutivo: protección laboral y lucha contra el trabajo esclavo

El gobierno de Lula registró en el período varios avances concretos en derechos laborales. En junio de 2024, el Ministerio de Educación llegó a un acuerdo con los sindicatos docentes universitarios —ANDES-SN y SINASEFE— que puso fin a una huelga de 70 días: el acuerdo prevé una reestructuración del escalafón y aumentos salariales. En septiembre de 2024, Lula firmó un decreto que estableció nuevas reglas de protección laboral para los 73.000 trabajadores tercerizados en organismos del gobierno federal, alineado con normas de la OIT, con jornada máxima de 40 horas semanales y obligación de respetar el salario base de categoría en las licitaciones. En septiembre de 2024, los ministerios de Trabajo, Derechos Humanos y Justicia publicaron una orden administrativa que ratifica el compromiso en contra del trabajo sin derechos, a través de la publicación regular del listado de empleadores con denuncias de trabajo esclavo. En octubre de 2024, el gobierno lanzó el programa “Acredita no Primeiro Passo” para inclusión socioeconómica de familias de bajos ingresos. Por su parte, la Operação Resgate IV, realizada entre julio y agosto de 2024, rescató a 593 trabajadores sometidos a condiciones de trabajo análogas a la esclavitud en 11 estados —un 11,65% más que la operación del año anterior. El dato de contexto es relevante: la agricultura, la construcción civil y los servicios fueron las actividades con mayor incidencia, con Minas Gerais, São Paulo y Pernambuco como los estados con más casos. 

Retrocesos y amenazas: vigencia de la reforma de 2017 y precarización laboral

En noviembre de 2024, el Tribunal Superior del Trabajo confirmó que la reforma laboral aprobada en 2017 bajo el gobierno de Temer se aplicaría también a los contratos de trabajo anteriores a esa ley, privando a los trabajadores de beneficios como el pago de las horas de traslado al lugar de trabajo que habían sido eliminados por la reforma. Esta decisión judicial consolidó retrocesos que el gobierno de Lula no ha logrado revertir legislativamente. En junio de 2024, el STF analizó la constitucionalidad del contrato de trabajo intermitente —que permite pagar sólo por las horas efectivamente trabajadas— con una votación que iba 3 a 2 a favor de mantenerlo. En diciembre de 2024, Lula sancionó una ley que limita el aumento del salario mínimo al 2,5% por encima de la inflación hasta 2030, una medida que, aunque busca dar previsibilidad fiscal, fue criticada por las centrales sindicales como un techo que puede erosionar el poder adquisitivo a largo plazo.

Resistencias sindicales y la agenda de la jornada 6×1

El período registró una actividad sindical de notable magnitud. En julio de 2024, los servidores del Instituto Nacional do Seguro Social (INSS) -la entidad federal de Brasil responsable de la administración y pago de la seguridad social- entraron en huelga por tiempo indeterminado reclamando recomposición salarial y reconocimiento de carrera. En agosto de 2024, trabajadores de Correos iniciaron una huelga con reivindicaciones salariales. En octubre de 2024, SINASEFE -Sindicato nacional que representa al cuerpo docente y al personal técnico-administrativo de la Red Federal de Educación Profesional, Científica y Tecnológica- realizó una paralización nacional de 48 horas exigiendo el cumplimiento de acuerdos salariales previos. En noviembre de 2024, grandes movilizaciones en todo el país pusieron en el centro del debate la jornada 6×1 —el régimen de trabajo de 6 días seguidos con 1 de descanso, que implica hasta 44 horas semanales y que afecta especialmente al comercio, los servicios y la salud.

En respuesta a estas movilizaciones, en febrero de 2025 la diputada Erika Hilton (PSOL-SP) presentó la Propuesta de Enmienda a la Constitución (PEC) N° 8/2025 para eliminar la jornada 6×1, establecer una jornada máxima de 36 horas semanales y una semana de 4 días de trabajo. La propuesta fue protocolizada con 234 firmas de legisladores y casi 3 millones de firmas ciudadanas. En marzo de 2025, trabajadorxs de aplicativos de varias ciudades paralizaron actividades durante dos días reclamando una tarifa mínima de R$ 10 por entrega. Entre tanto, el 1 de mayo de 2025, las centrales sindicales le hicieron llegar al presidente Lula la “Pauta da Classe Trabalhadora 2025”, con reivindicaciones que incluían la regulación del trabajo por aplicativos, la reducción de jornada sin reducción salarial, la recuperación del poder adquisitivo de jubilados y el fin de la escala 6×1.

España

Panorama general

El área de derechos laborales registra en España el mayor número de avances del período. El gobierno de Sánchez —con el Ministerio de Trabajo a cargo de Yolanda Díaz y Sumar como socio de coalición— desplegó en el período una agenda de reformas laborales de considerable alcance: reducción de la jornada laboral, aumento del salario mínimo, jubilación anticipada en empleos considerados penosos y protección laboral de personas con discapacidad. 

Reducción de la jornada laboral y salario mínimo

En diciembre de 2024, el Ministerio de Trabajo firmó un acuerdo con los sindicatos Comisiones Obreras (CCOO) y Unión General de Trabajadorxs (UGT) para reducir la jornada laboral máxima de 40 a 37,5 horas semanales sin reducción salarial, beneficiando a más de 12 millones de trabajadores. El acuerdo incluye la obligatoriedad del registro horario digital y el refuerzo del derecho a la desconexión digital. En mayo de 2025, el Consejo de Ministros presentó el anteproyecto de ley para formalizar esta reducción en el ordenamiento jurídico, con registro de jornada y derecho a la desconexión como pilares. En febrero de 2025, el Real Decreto 87/2025 fijó el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 1.184 euros mensuales —16.576 euros anuales—, un incremento del 4,4% respecto a 2024. Desde el inicio del gobierno de Sánchez, el SMI ha acumulado un aumento superior al 60%, partiendo de los 735,9 euros mensuales de 2018.

Jubilación anticipada y protección por discapacidad

En mayo de 2025, el Real Decreto 1192/2024 implementó la reforma de la jubilación anticipada para empleos penosos —aquellos con alta exposición a riesgo o toxicidad—, reduciendo la edad de acceso a la jubilación en esos sectores. En mayo de 2025, la Ley 2/2025 armonizó la legislación española con las directrices europeas en materia de discapacidad, eliminando el despido automático por incapacidad permanente —una medida de inclusión laboral relevante que protege a los trabajadores con discapacidad frente al despido.

La agenda laboral española del período contrasta radicalmente con la de Argentina y Estados Unidos, donde las administraciones de ultraderecha desmantelaron activamente los mecanismos de protección laboral. La reducción de la jornada sin reducción salarial avanzó en España como resultado de la negociación colectiva con los sindicatos mayoritarios.

Estados Unidos

Panorama general

El área de derechos laborales muestra una trayectoria claramente diferenciada entre los dos gobiernos del período: la administración Biden cerró su gestión con un saldo positivo histórico en materia de organización sindical, mientras que la administración Trump desmanteló de manera acelerada los principales mecanismos de protección laboral construidos en las décadas previas.

Gestión Biden (junio–enero 2025)

Avances en organización sindical y condiciones de trabajo

El último año de Biden registró un pico en la creación de nuevos sindicatos y en la elección de representantes gremiales pro-trabajadores, según un informe del Center for American Progress que monitoreó los últimos 15 años. Este resultado estuvo estrechamente vinculado a los perfiles de los funcionarios designados al frente de la National Labor Relations Board (NLRB). En octubre de 2024, el Departamento de Trabajo lanzó un fondo específico WANTO (Women in Apprenticeship and Nontraditional Occupations) de 6 millones de dólares para promover la inclusión laboral de mujeres en empleos no tradicionales. Por su parte, en diciembre de 2024, el sindicato de trabajadores de Starbucks protagonizó una huelga sin precedentes en más de 300 tiendas y a lo largo de una docena de ciudades, en reclamo de un marco de negociación colectiva.

Gestión Trump (enero–junio 2025)

Desmantelamiento de protecciones laborales

La administración Trump inició un desmontaje sistemático de las protecciones laborales desde los primeros días de gestión, actuando en tres frentes simultáneos: los organismos de control, los derechos de los trabajadores federales y el salario mínimo.

  • Trump despidió a Gwynne Wilcox, miembro de la National Labor Relations Board (NLRB), dejando al organismo sin quórum e imposibilitado de proteger derechos laborales. También despidió a Jennifer Abruzzo, Consejera General de la NLRB, quien había implementado políticas de fortalecimiento del derecho a la organización sindical (27 de enero).
  • La Orden Ejecutiva «Ending Illegal Discrimination and Restoring Merit-Based Opportunity» revocó la órden O 11246 de 1965 —que exigía programas de acción afirmativa a contratistas federales— y eliminó programas DEI en agencias y contratos (21 de enero).
  • La Oficina de Gestión de Personal (OPM) instruyó a las agencias a ignorar cláusulas de teletrabajo en convenios sindicales al implementar la política de regreso total al trabajo presencial (3 de febrero).
  • El Departamento de Seguridad Nacional anunció la terminación del acuerdo de negociación colectiva con los agentes de la Administración de Seguridad del Transporte (TSA), eliminando derechos sindicales para aproximadamente 47.000 trabajadores (7 de marzo).
  • La Orden Ejecutiva «Additional Rescissions of Harmful Executive Orders and Actions» revocó la EO 14026 de Biden que establecía un salario mínimo de 17,75 dólares por hora para contratistas federales, afectando a aproximadamente 390.000 trabajadores. El salario mínimo aplicable volvió a 13,30 dólares e incluso a 7,25 dólares en algunos casos —una reducción potencial de entre el 25% y el 60% del ingreso anual— (14 de marzo).
  • Trump firmó la Orden Ejecutiva 14251 excluyendo a cerca de 1 millón de trabajadores federales en más de 20 agencias de los derechos de negociación colectiva, invocando una cláusula de seguridad nacional. Las agencias afectadas suspendieron la deducción automática de cuotas sindicales, debilitando financieramente a los sindicatos (27 de marzo).

Resistencias

La American Federation of Labor and Congress of Industrial Organizations (AFL-CIO) y diversos líderes sindicales respondieron con dureza a la orden ejecutiva de Trump que elimina los derechos de negociación colectiva para trabajadores federales (28 de marzo). Sin embargo, las resistencias en el área laboral fueron menores en número y alcance que en otras áreas, lo que refleja el debilitamiento estructural que las propias medidas del gobierno impusieron sobre los actores sindicales.