La crisis climática y la discusión internacional sobre el cambio de paradigma energético están dando lugar a una transición injusta que, entendida casi exclusivamente como una oportunidad de negocios para algunas empresas, profundiza las desigualdades e intensifica los conflictos socioambientales en los países relegados al rol de exportadores de materias primas.
La Argentina se inserta en este debate global como un lugar codiciado por sus recursos y, al mismo tiempo, urgido por la crisis económica. El consenso es que hay que explotar toda nuestra riqueza natural lo más rápido posible. Transitar esto con un gobierno libertario es la tormenta perfecta: todas las decisiones del Estado van a favorecer a los intereses corporativos, dejando de lado las salvaguardas ambientales y de derechos humanos que tienen que aplicarse. Estas sólo se consideran como obstáculos que deben desactivarse, a pesar de que la crisis climática ya está empeorando de manera muy concreta la vida de millones de personas en todo el mundo.
Eso fue lo que sucedió este primer año de Javier Milei: el gobierno nacional operó para dejar el terreno listo para que las industrias extractivas generen fuertes impactos en los territorios en los que se instalan, garantizándoles que puedan hacerlo sin rendir cuentas y sin cumplir normas vigentes. Mandó también un mensaje claro a los principales afectados por estas medidas, es decir, las comunidades (principalmente indígenas) que viven en esas zonas: en caso de conflictos, todo el peso del aparato de seguridad del Estado estará al servicio de resolverlos a favor de las empresas.
Desde la campaña electoral del año pasado los ahora funcionarios del gobierno vienen desplegando un discurso racista contra los pueblos indígenas, de un nacionalismo rancio y poco creíble, fuerte con los débiles y débil con los fuertes. Este discurso niega el carácter pluricultural y plurinacional de nuestro país, y promueve un regreso al modelo asimilacionista: los pueblos indígenas deben renunciar a sus particularidades y a sus derechos para “fundirse” en una supuesta identidad argentina. El 11 de noviembre Argentina fue el único país en votar en la Asamblea General de las Naciones Unidas en contra de un proyecto de resolución que busca fortalecer el marco normativo internacional de reconocimiento de los derechos humanos de los pueblos indígenas.
El gobierno retoma y alimenta una narrativa que da vuelta las cosas: las víctimas históricas de un genocidio cuyas consecuencias persisten hoy en día son presentadas como simuladores, vagos o extranjeros cuyos derechos se consideran “privilegios”, por lo que deben ser desarticulados, mientas que las personas más privilegiadas de la sociedad (empresarios, terratenientes, políticos con intereses económicos) se presentan como víctimas que necesitan la protección del Estado contra las comunidades indígenas “usurpadoras”. Con la convergencia entre este racismo y el extremismo de mercado, la transición energética y el extractivismo aparecen como procesos que perpetúan despojos territoriales o producen nuevos.
mecanismos de excepción para garantizar inversiones
Durante los primeros meses del año, el Congreso nacional fue escenario de la discusión de la Ley Bases. Sus primeras versiones, en cuya redacción estuvieron implicados los equipos jurídicos de grandes corporaciones, incluían modificaciones radicales a leyes de protección del ambiente, en especial a glaciares y bosques, zonas protegidas que son codiciadas por el extractivismo. La movilización de actores políticos y de la sociedad civil consiguió frenar los cambios más graves, aunque la ley aprobada otorgó facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo para eliminar y/o desfinanciar programas y políticas orientadas a la protección de los bosques nativos.
El punto más relevante de la Ley Bases es la creación del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI), que otorga beneficios excepcionales en materia impositiva, aduanera y cambiaria durante treinta años a empresas que inviertan más de 200 millones de dólares. Crea un marco legal específico que coloca a los beneficios otorgados a las empresas por encima de cualquier legislación y/o medida de política pública, nacional, provincial o municipal, presente y futura. De esta manera, por ejemplo, en caso de escasez de agua, la prioridad en el acceso a este recurso la tendrán las empresas por sobre las necesidades de abastecimiento interno. Tampoco podrían ser afectadas por decisiones orientadas a la protección de derechos humanos o del ambiente. Los derechos de las comunidades y las salvaguardas ambientales podrán ser desconocidas sin temor a dar lugar a reclamos de parte de las autoridades políticas. Se creó así un régimen de excepción blindado ante cualquier eventualidad: climática, política, social.
Los debates en la Cámara de Senadores de la Nación no tuvieron que ver con estos aspectos, de hecho, no hubo consulta o invitación a organizaciones ambientales, territoriales, campesinas o indígenas. Algunos legisladores plantearon que se estaban afectando las facultades de las provincias respecto a los recursos naturales, pero el debate no tuvo mayores consecuencias y las provincias, en su mayoría, ya se comprometieron con el RIGI.
Los sectores que pueden ser beneficiados son la industria forestal, de infraestructura, minería, energía, tecnología, turismo, siderurgia, petróleo y gas. Varios de estos sectores productivos protagonizan los conflictos territoriales más agudos en distintas provincias. Los términos del RIGI omiten por completo esta conflictividad y no establecen ninguna protección a las y los afectados directos.
Hay también un “brazo armado” diseñado para hacer cumplir el régimen de excepción y la suspensión de derechos, en caso de que se intensifiquen los conflictos. Es la “Unidad de Seguridad Productiva”, creada por el Ministerio de Seguridad de la Nación (Resolución 499/2024), que en principio implica a las fuerzas de seguridad federales, pero que a través de una resolución posterior (893/2024) invita a las provincias a sumarse a un “Comando Unificado de Seguridad Productiva”. Estas resoluciones adelantan un posicionamiento del gobierno ante potenciales conflictos que involucren a empresas de determinados sectores de la economía que, según el propio gobierno, “requieren de un cuidado especial en el proceso de elaboración o en el transporte de las mercaderías”. La idea de “seguridad productiva” es un eufemismo para esconder la decisión de impedir cualquier protesta o conflicto que pueda implicar algún tipo de obstáculo a las actividades de la minería extractiva, la explotación de hidrocarburos, el turismo o el agronegocio. De esta manera, las fuerzas de seguridad, un recurso público, no se orientan a brindar seguridad a todas y todos, sino que, en sintonía con las otras medidas tomadas contra la protesta social, se anticipa que su rol será abordar las situaciones conflictivas de manera de evitarlas, reprimirlas o disolverlas.
reformulación de la política indígena para garantizar negocios
La política indígena del gobierno, además de verse afectada por la ideología racista y asimilacionista que lo atraviesa, fue reformulada y ya no aspira a ser un instrumento de reparación y ampliación de los derechos de los pueblos originarios. Se alineó con la idea de desconocer cualquier reivindicación territorial indígena y facilitar la expansión extractivista.
Hasta diciembre de 2023 el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) era un actor que, en el contradictorio organigrama del Estado nacional, ejercía tibios intentos de promover los derechos indígenas, es decir, de hacer cumplir las leyes y la Constitución Nacional. Hoy es la punta de lanza para desandar los pocos avances que hubo en los últimos años en materia de reconocimiento territorial y proteger los intereses privados sobre las tierras ancestrales reivindicadas por las comunidades indígenas.
Este cambio se materializó en principio en gestos simbólicos, como el hecho de recibir a los integrantes del grupo de terratenientes racistas “Consenso Patagonia” antes de reunirse con cualquier comunidad indígena. Pero luego el INAI comenzó a actuar para debilitar la posición de comunidades indígenas en distintos conflictos territoriales, fundamentalmente en la Patagonia. Lo hizo dando marcha atrás con decisiones administrativas que respaldaban a comunidades en sus reclamos (como en el caso de la comunidad Buenuleo en Río Negro) y ordenando la reapertura de las carpetas de relevamientos que se ya se habían concluido en Mendoza y Neuquén, para dar lugar a reclamos privados. Además, adoptó la política de no enviar representación a las audiencias de los casos que fueron judicializados. El INAI fue transformado en una oficina que recibe y tramita las demandas de empresarios y terratenientes que ambicionan las tierras reivindicadas por los pueblos originarios.
Otro organismo que presentó importantes retrocesos fue la Administración de Parques Nacionales (APN). Además de dinamitar la mesa de diálogo con la comunidad Winkul en Mascardi (Río Negro) y volver a impulsar la acción penal contra sus integrantes, se registran regresiones en políticas públicas históricas como la participación de comunidades indígenas en el comanejo de algunos parques. En Neuquén, autoridades de la APN les comunicaron a las comunidades que pretenden terminar con el comanejo por considerar que se trata de un “privilegio” de los indígenas que afecta “la igualdad ante la ley”. Parques Nacionales protagonizó uno de los episodios más absurdos de la escalada racista del gobierno, cuando la directora de comunicación del organismo circuló una orden interna en la que se prohibía saludar a las comunidades indígenas en ocasión de las festividades de renovación anual (Wiñoy Xipantv, del pueblo mapuche, e Inti Raymi, de los pueblos andinos).
La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación (SDH), que había asumido el compromiso internacional ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos de ejecutar el fallo motorizado por la Asociación de Comunidades Indígenas de Salta Lhaka Honhat, de 2020, a través de una novedosa Unidad Ejecutora del cumplimiento. El Estado argentino había generado condiciones para que las autoridades nacionales y de la provincia de Salta procedieran a delimitar y demarcar el territorio comunitario indígena y garantizar el acceso al agua, como primeros objetivos a cumplir. La SDH eliminó la Unidad Ejecutora y las autoridades de la Cancillería asumieron un rol formal de defensa del Estado ante la Corte IDH. No existe ninguna información sobre quién, cómo y cuándo cumplirá con la sentencia.
luz verde a los poderes provinciales
En los últimos años los gobiernos y poderes judiciales provinciales vienen teniendo un rol central en resistir cualquier avance en el reconocimiento de los derechos constitucionales de los pueblos indígenas, sobre todo si entran en conflicto con intereses económicos. El gobierno nacional, a través del INAI, cumplía un rol en parte compensatorio, como instancia a la que podían acudir las comunidades ante el desconocimiento de sus derechos en las provincias. El cambio del rol del INAI y la sanción del RIGI dieron luz verde a los actores provinciales (ejecutivos y judiciales) para avanzar sobre los territorios y acelerar la instalación de las empresas extractivas.
Mediante una resolución (53/2024) el INAI suspendió el registro de cualquier nueva comunidad indígena e invitó a las provincias a establecer criterios comunes para homogeneizar la inscripción, la adecuación y transferencias de las personerías jurídicas de las comunidades indígenas ya registradas en jurisdicción nacional y/o provincial. Esto indica que el gobierno nacional tiene la intención de delegar completamente en los gobiernos provinciales lo que hasta ahora era una facultad compartida: el registro de las comunidades, una atribución de enorme importancia y requisito para que puedan tramitar cualquier reclamo por vía institucional. El derecho a la personería jurídica de las comunidades indígenas está reconocido en la Constitución Nacional (art. 75 inc. 17), y es además una condición que las comunidades deben cumplir para acceder a ciertas políticas públicas. Esta decisión fue tomada sin ninguna consulta previa a las comunidades indígenas y sin prever tampoco dependencias provinciales que garanticen este derecho.
En las provincias con mayores niveles de conflictividad en torno al acceso al territorio se pudo observar durante 2023 y 2024 la utilización de algunas estrategias que tienen como finalidad desnaturalizar los procesos de consulta previa y consentimiento de los pueblos indígenas para la instalación de proyectos extractivos en sus territorios. Esto avanzó a través de la aprobación de procedimientos provinciales de consulta, elaborados sin participación de los pueblos indígenas y que no respetan los estándares internacionales mínimos de derechos de estos pueblos, en lo que hace al respeto de sus tiempos, a la difusión de información y a la representatividad de sus referentes o instancias asamblearias.
Jujuy fue pionera en esta maniobra, con la aprobación del Decreto 7751/2023, que regula los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de las actividades mineras en la provincia, y que permite a las empresas obtener sus permisos mineros tras reunirse con una o más comunidades identificadas unilateralmente como afectadas sobre la base del área de influencia definida sólo por la empresa, en total contravención de los mandatos del Convenio 169 de la OIT. Esto permitió a las empresas que explotan litio dividir a algunas comunidades de la cuenca de Salinas Grandes, que hace más de una década resisten la avanzada extractivista. A través de asambleas de dudosa legalidad, y desconociendo el protocolo que las propias comunidades aprobaron en 2015 (el Kachi Yupi), al menos tres empresas mineras consiguieron el consentimiento de comunidades en el último año en esa zona de Jujuy.
Río Negro siguió este ejemplo en 2024, con la elaboración y aprobación en tiempo récord de un protocolo de consulta previa que tampoco contó con participación indígena en su elaboración. Siguiendo los lineamientos de Jujuy, el protocolo restringe la participación en la consulta a las comunidades con personería jurídica (contradiciendo estándares internacionales) y disponiendo que el criterio para definir qué comunidades afectadas deben ser consultadas se decidirá en cada proyecto. La autoridad de aplicación del protocolo es la secretaría de Energía de la provincia. Chubut hizo lo propio con un proyecto de ley para reglamentar la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas enviado a la legislatura el 25 de noviembre de 2024. Elaborado sin participación indígena, el proyecto invoca la normativa internacional en la materia, pero la contradice en su articulado.
Además de la restricción y tergiversación del derecho a la consulta, los gobiernos de Jujuy y Río Negro utilizaron estos procedimientos como parte de una estrategia más amplia que consiste en desconocer a las organizaciones políticas que nuclean a las comunidades indígenas (como la Mesa de Salinas Grandes, en Jujuy, o la Coordinadora del Parlamento Mapuche de Río Negro), promoviendo que las empresas o funcionarios establezcan contactos directos con las comunidades y evitando la mediación de las organizaciones políticas. Esto garantiza instancias de negociación mucho más asimétricas, en las que se ponen en juego tácticas para dividir a las comunidades y lograr que un sector brinde consentimiento para las actividades extractivas, en general a cambio de dádivas muy escasas. La situación de pobreza y la falta de alternativas para el desarrollo de estas comunidades torna estas negociaciones aún más desiguales.
La otra dimensión de la conflictividad territorial es la judicial. Durante 2024 se reactivaron causas que estaban congeladas desde hace años, se revirtieron decisiones judiciales que habían favorecido a distintas comunidades con relación con sus reclamos territoriales, se dictaron y ejecutaron órdenes de desalojo en diversas provincias contra comunidades indígenas y campesinas y se condenó por usurpación a integrantes de dos comunidades mapuche, Winkul Mapu y Quemquemtrew, ambas en Río Negro. Con las señales políticas emanadas del gobierno nacional se consolidaron las tendencias preexistentes en los poderes judiciales y los ministerios públicos (provinciales y federal). Estas tendencias los llevan a ejercer sus funciones en un marco de racismo estructural y de desconocimiento y no aplicación de la Constitución Nacional y de múltiples tratados y convenciones internacionales que la Argentina suscribió.
qué hicimos frente al RIGI y sus impactos en las comunidades indígenas
- Junto a otras organizaciones informamos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el vaciamiento de los derechos de los pueblos y naciones indígenas. La CIDH exhortó “al Estado a cumplir con sus deberes internacionales en materia de derechos de los pueblos indígenas al adoptar decisiones administrativas y cualquier disposición interna sobre reconocimiento de las personerías jurídicas y titulación de tierras de los pueblos indígenas”.
- En dos ocasiones, más de cien organizaciones le pedimos a las y los senadores que no aprueben el RIGI. También expusimos en la Cámara de Senadores para plantear críticas a la Ley Bases, allí solicitamos la participación de otras organizaciones ambientales, territoriales, sociales, indígenas y campesinas.